El Acta núm. 0001-2026, de fecha 2026-01-06, aprueba la primera enmienda aplicable a 34 licitaciones del INABIE, incluido el proceso de Santo Domingo Este. Entre otros cambios, reduce la ejecución del servicio de 30 a 24 meses y la vigencia contractual de 36 a 30 meses; también modifica requisitos financieros y técnicos y los criterios de asignación de raciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se suprimen controles documentales de experiencia comercial reciente en servicios de alimentación, inversión en equipos de cocinas nuevas y trazabilidad de movimientos financieros.; Se reduce a la mitad la cantidad mínima de equipos de congelación y refrigeración necesaria para cumplir; cambia además la puntuación de otros equipos.; Se mantiene la posibilidad de adjudicar pese al incumplimiento de mínimos de capacidad o puntaje; se añade como control nuevo una inspección dentro del primer mes para los supuestos indicados.; La regla amplía los medios probatorios para justificar el canal físico y reemplaza la regla explícita de aclaración previa para discrepancias entre USB y respaldo impreso por una determinación de lo verificable en la apertura..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 6 — Tiempo de ejecución del servicioDuración de la ejecución
30 meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028, contados desde la certificación del contrato por la Contraloría.
24 meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028, contados desde la certificación del contrato por la Contraloría.
Neutral
II.6.1 — Documentación financieraSoportes de actividad, inversión y movimientos financieros
Se exigían tres facturas a clientes comerciales finales del último año; evidencia de inversión inicial para cocinas nuevas; y movimientos en cuenta financiera de los últimos seis meses.
La lista revisada mantiene las declaraciones fiscales y la evidencia de disponibilidad de crédito, pero no enumera las tres facturas, la evidencia de inversión inicial ni los movimientos de cuenta.
RelajaQuita un control: Se suprimen controles documentales de experiencia comercial reciente en servicios de alimentación, inversión en equipos de cocinas nuevas y trazabilidad de movimientos financieros.
12.1.5 — Evaluación de capacidad instaladaCantidades mínimas y puntuación de equipos
Se requerían dos congeladores y dos refrigeradores; hornillas: 6 puntos; campana: 3 puntos; envases: 2 puntos; total indicado: 34 puntos.
Se requiere un congelador y un refrigerador; hornillas: 7 puntos; campana: 4 puntos; envases: 3 puntos; total indicado: 37 puntos.
RelajaQuita un control: Se reduce a la mitad la cantidad mínima de equipos de congelación y refrigeración necesaria para cumplir; cambia además la puntuación de otros equipos.
12.1.8 — BPM y excepciones a mínimosOferentes que no alcanzan mínimos y control posterior
En provincias o municipios sin oferentes que cumplieran mínimos de capacidad y puntaje, podían considerarse para adjudicación sujetos a un plan de mejora, sin plazo de inspección posterior especificado en esa cláusula.
La excepción puede aplicarse si no se alcanzan los mínimos de capacidad y/o puntaje; exige plan de mejora y establece inspección obligatoria dentro del primer mes del servicio para cocinas no operativas o bajo plan.
RelajaQuita un control: Se mantiene la posibilidad de adjudicar pese al incumplimiento de mínimos de capacidad o puntaje; se añade como control nuevo una inspección dentro del primer mes para los supuestos indicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Distancia y organización de grupos referenciales
La asignación consideraba rangos de distancia de hasta 50 km, con ampliación excepcional hasta 75 km; la puntuación técnica era el criterio principal junto con centros, beneficiarios y distancia.
La asignación prioriza la puntuación técnica y la capacidad adjudicable verificada; establece un rango máximo de 35 km y permite excepcionalmente hasta 50 km. Los grupos se ordenan por cantidad de raciones y pueden ajustarse o subdividirse.
Endurece
9.1 — Presentación de ofertas por SECPRecepción excepcional en USB y respaldo impreso
La recepción física en dos USB se limitaba a fallas demostradas mediante captura de pantalla y corroboradas por la DGCP; el texto también disponía aclarar discrepancias entre formatos antes de evaluar o adjudicar.
Se admite excepcionalmente la vía física en USB con respaldo impreso, ante incidencia justificada y probada mediante capturas u otros medios idóneos; ante discrepancias USB/impreso prevalece la información verificable al abrir.
RelajaQuita un control: La regla amplía los medios probatorios para justificar el canal físico y reemplaza la regla explícita de aclaración previa para discrepancias entre USB y respaldo impreso por una determinación de lo verificable en la apertura.
Sección III — Vigencia del contratoDuración de la vigencia contractual
36 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
30 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.