ACTA ADMINISTRATIVA NUM. CC-2025-0488 QUE DECIDE RECURSO DE IMPUGNACION POR COMERYN SRL Y ANULACION DE ACTA DE ADJUDICACION REF. INAIPI-CCC-LPN-2025-0004.pdf
El 15 de diciembre de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones del INAIPI acogió parcialmente la impugnación de Comerym, S.R.L., y revocó el Acta de Adjudicación CC-2025-0376, dejando sin efecto sus actuaciones subsecuentes y cancelando el proceso. La reevaluación confirmó documentos técnicos en inglés sin traducción al castellano en ofertas de JF D24 Servic Dominicana y Fumigadora Exterminex, y registró que una oferta económica no identificada en ese pasaje carecía del detalle de precios unitarios. El Comité concluyó que los precios unitarios de Comerym eran considerablemente superiores a los de otros oferentes habilitados para el lote correspondiente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La reevaluación consigna que una oferta carecía del detalle de precios unitarios, pero el pasaje no identifica a la empresa. La falta de atribución concreta dificulta verificar qué evaluación y adjudicación quedaron afectadas; el acto, en todo caso, revocó la adjudicación y canceló el proceso.
“Como parte de la reevaluación dispuesta como medida de instrucción para conocer el recurso presentado, se confirmó que la oferta económica de la citada empresa no contiene el detalle de los precios unitarios por metro cuadrado correspondien”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (8)
8 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Comerym, S.R.L.Impugnante; el Comité concluyó que sus precios unitarios eran considerablemente superiores a los de otros oferentes habilitados para el mismo lote. La resolución revocó la adjudicación y canceló el proceso, sin adjudicarle.
Mencionado
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JF D24 Servic Dominicana, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La reevaluación constató documentos técnicos en inglés sin traducción al castellano en todos los casos; no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Mencionado
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Fumigadora Exterminex, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La reevaluación constató documentos técnicos en inglés sin traducción al castellano en todos los casos; no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Mencionado
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Fumigadora La Excelencia Mirelis, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La resolución no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Mencionado
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Maximum Pest Control, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La resolución no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Mencionado
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Perfect Pest Control, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La resolución no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Mencionado
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Grupo Disla Cabrera, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La resolución no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Mencionado
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PPS Pest Protect Solutions, S.R.L.El acto revoca la adjudicación del proceso y lo cancela. La resolución no determina una adjudicación vigente en esta resolución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El Comité confirmó que las ofertas técnicas de JF D24 Servic Dominicana y Fumigadora Exterminex incluían fichas y etiquetas en inglés sin traducción al castellano en todos los casos. Ambas aparecen entre los adjudicatarios del proceso en los datos aportados del portal; la resolución revocó la adjudicación total, por lo que corresponde verificar cómo se aplicó el requisito documental en la evaluación original.
“Conforme a la verificación realizada en el expediente administrativo, se constató que en las ofertas técnicas presentadas por las empresas JF D24 SERVIO DOMINICANA, SRL y FUMIGADORA EXTERMINEX, SRL fueron incorporados documentos consistente”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 9 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 9
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…