Publicado el 13 nov de 2025Fechado el 25 oct de 202517 páginasEn el mensaje «Adjunto el documento íntegro del Informe de Evaluación Definitivo, Aprobación Informe Definitivo de Evaluación Económica y Recomendación de Adjudicación, Acta de Adjudicación y Notificación de Adjudicación del proceso Ref. INAIPI-CCC-LPN-2025-0004»
El informe económico definitivo, emitido el 26 de octubre de 2025, evalúa las ofertas de los ocho participantes habilitados para abrir el Sobre B y descalifica a Maximum Pest Control y PPS Pest Protect Solutions por no consignar los montos requeridos en el formulario económico. Recomienda asignar los cinco lotes por RD$105,000,000 en total: JF D 24 Servic (RD$35,000,000), Fumigadora La Excelencia Mirelis (RD$20,000,000), Perfect Pest Control (RD$15,000,000), Grupo Disla Cabrera (RD$15,000,000) y Fumigadora Exterminex (RD$20,000,000).
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (2)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$15 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Perfect Pest Control, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
PPS Pest Protect Solutions, SRLNo consignó los montos en el formulario SNCC.F.033 según lo requerido; el informe considera el incumplimiento no subsanable.
Descalificado
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Grupo Disla Cabrera, SRLCumplió los requisitos económicos y fue recomendado para el Lote IV, zona norte oriental.
Habilitado
Lote IV
RD$15,000,000
Maximum Pest Control, SRLNo consignó los montos en el formulario SNCC.F.033 según lo requerido; el informe considera el incumplimiento no subsanable.
Perfect Pest Control, SRLTras su habilitación posterior a la evaluación técnica inicial, el informe la incluye entre las ofertas económicas conformes y recomienda para ella el Lote III, zona norte occidental.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Según el resumen del acta técnica del 9 de septiembre, Perfect Pest Control no fue habilitada por tener el índice financiero por debajo del límite del pliego; el informe económico aquí la incluye entre las propuestas conformes y recomienda el Lote III por RD$15,000,000. El acta de adjudicación posterior CC-2025-0376 registra que resultó adjudicataria; conviene verificar la reevaluación que sustentó el cambio y su aplicación consistente.
“En virtud de los resultados obtenidos en la evaluación económica definitiva, y conforme al criterio de menor precio total ofertado, el perito evaluador recomienda la adjudicación a los oferentes JF D24 SERVIC DOMINICANA SRL, FUMIGADORA LA E”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…