La Circular #1, fechada el 31 de julio de 2025, responde consultas de los oferentes sobre el proceso de fumigación y control de plagas del INAIPI. Precisa los metrajes aproximados, que cada centro recibirá una fumigación mensual y que los servicios se realizarán los viernes y sábados; además, aclara requisitos de referencias, evaluación financiera, domicilio y equipos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se admite el valor exacto del límite en los tres indicadores, flexibilizando los umbrales usados para verificar la capacidad financiera..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Documentación de la oferta técnica (Sobre A), numerales 16 y 23Certificaciones de experiencia y referencias
El numeral 16 solicitaba dos certificaciones de experiencia; el numeral 23 también exigía tres certificaciones de referencias de trabajos de igual naturaleza.
Se deja sin efecto el numeral 16 y se mantiene el numeral 23: tres certificaciones de referencias con datos de contacto y entidad emisora para validación. Son subsanables.
Relaja
Evaluación financieraLímites de solvencia, liquidez y endeudamiento
Los límites se describían como estrictos: solvencia mayor a 1.20, liquidez mayor a 0.90 y endeudamiento menor a 1.50; la simbología del endeudamiento era contradictoria.
Cumple con solvencia mayor o igual a 1.20, liquidez mayor o igual a 0.90 y endeudamiento menor o igual a 1.50.
RelajaQuita un control: Se admite el valor exacto del límite en los tres indicadores, flexibilizando los umbrales usados para verificar la capacidad financiera.
Participación por lotes y domicilio del oferenteDomicilio regional como condición de participación
La ficha técnica indicaba que el oferente debía tener domicilio en la región, mientras que el pliego permitía participar sin importar el domicilio registrado.
Se aclara que prevalece el pliego: el domicilio del oferente no será criterio restrictivo para participar en un lote o región.
Aclara
Documentación de la oferta técnica (Sobre A), numerales 6 y 7Listados de equipos y equipos de protección personal
Un oferente consultó si el listado de equipos estaba solicitado dos veces.
Se precisa que el numeral 6 exige el listado de equipos operativos y técnicos mediante el formulario SNCC.F.036, y el numeral 7 exige el listado y fotografías de los EPP; ambos son no subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ACTA ADMINISTRATIVA NO. CC-2025-0180 DE INICIO Y DESIGNACION DE PERITOS.pdf