El informe final, fechado el 24 de noviembre de 2025, evalúa las ofertas económicas de los oferentes habilitados y recomienda adjudicar los 11 lotes por un total de RD$3,206,562,363.05. Entre las recomendaciones figuran Consorcio Techindust para el lote 1, Concretum para el lote 2 y Construction Engineering Group (CEG) para el lote 11; el documento también registra propuestas económicas no consideradas para adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra para CEG una oferta de RD$280,430,652.95 y una garantía de RD$2,800,000.00, aunque exige que la garantía equivalga al 1% de la oferta. Ese 1% es RD$2,804,306.53; el informe aun así lo califica como cumple y recomienda adjudicarle el lote 11. Conviene verificar el instrumento original y la evaluación de suficiencia.
“El Oferente/Proponente detalló adecuadamente, en letras y números el monto de su oferta ascendiente a DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 95/100 (RD$280,430,652.95). ... La”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Grupo Cebarma, S.R.L., Consorcio Techindust, RD.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El informe afirma que la garantía de Moll cubre un único lote, pero califica como cumple sus ofertas económicas para los lotes 1, 2, 3 y 4. No lo recomienda como adjudicatario; se debe verificar cómo se determinó el alcance de la garantía para las cuatro ofertas.
“La garantía presentada cubre un único lote.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
Araluz Services, S.R.L.Cumple la evaluación económica; considerado para adjudicación, pero no recomendado como adjudicatario.
Habilitado
Lote 11
RD$276,876,867
Consorcio del EsteNo considerado para adjudicación: el informe señala inconsistencias entre precios unitarios e ITBIS del formulario y el presupuesto, e indica que faltó la cotización de hormigón.
Constructora Echavarría-Mota, S.A.S.Cumple la evaluación económica y ocupa el segundo lugar en el lote 11; no fue recomendado como adjudicatario.
Habilitado
Lote 11
RD$297,310,468
Grupo Cebarma, S.R.L.El informe económico lo califica como cumple y lo considera para adjudicación del lote 5; en el informe preliminar anterior constaba como no habilitado por falta de ficha técnica.
Habilitado por vía extraordinaria
Lote 5
—
Grupo Biserici, S.R.L.Cumple la evaluación económica; ocupa el cuarto lugar en el lote 11 y no fue recomendado como adjudicatario.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Constructora Borges, S.R.L.No considerado para adjudicación: en el lote 2 faltaron cotizaciones de materiales y el informe señala discrepancias en precios unitarios e ITBIS de los lotes 5 y 6.
No habilitado
Lotes 2, 5 y 6
—
Consorcio ANSVAR IINo considerado para adjudicación: el informe señala inconsistencias entre precios unitarios e ITBIS y falta de análisis detallado de partidas de riego.
No habilitado
Lote 3
RD$276,876,867
Consorcio Techindust, RDRecomendado para adjudicación del lote 1; también figura habilitado para el lote 7.
Adjudicado
Lote 1
RD$276,876,867
Consorcio Techindust, RDEl informe lo califica como cumple para el lote 7, aunque el informe preliminar anterior lo había considerado no cumplidor en ese lote por falta de ficha técnica; no fue recomendado para adjudicación del lote 7.
Habilitado por vía extraordinaria
Lote 7
RD$276,876,867
TCH Construction Company, S.R.L.Cumple la evaluación económica y ocupa el segundo lugar en el lote 9; no fue recomendado como adjudicatario.
Habilitado
Lote 9
RD$307,640,955
Consorcio CQ-CTCumple la evaluación económica y ocupa el tercer lugar en el lote 2; no fue recomendado como adjudicatario.
Habilitado
Lote 2
RD$276,876,866
Moll, S.A.El informe lo califica como cumple y lo considera para adjudicación en los lotes 1 a 4; no figura como adjudicatario recomendado.