La Resolución MIVHED/CCC/2025/269, de 2025-11-24, aprobó el informe final de evaluación económica y adjudicó los 11 lotes del proceso por un total de RD$3,206,562,363.05. Ordenó a los adjudicatarios constituir la garantía de fiel cumplimiento dentro de cinco días hábiles, al 4% del monto adjudicado o al 1% para adjudicatarios MIPYME, según corresponda.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (2)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$227.6 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: GRUPO CEBARMA, S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
En el cuadro consolidado del lote 3, Malespin aparece antes que Moll pese a que Moll registra 95.78 puntos y Malespin 94.70. El reporte de lugares ocupados posterior sí coloca a Moll segundo y a Malespin tercero, por lo que la inconsistencia parece afectar la presentación del cuadro y no la adjudicación consignada.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (41)
20 mencionado · 11 adjudicado · 6 habilitado · 3 no habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
CONSORCIO DEL ESTE (FANETE & GENAO, S.R.L. y ORLA, S.R.L.)No considerado para adjudicación por discrepancias entre los precios unitarios y el ITBIS del formulario y el presupuesto, y por falta de cotización de hormigón.
GRUPO CEBARMA, S.R.L.La resolución la incluye como habilitada para evaluación económica y segunda en el lote 5, aunque el informe preliminar citado en los antecedentes la había consignado no habilitada en ese lote.
Habilitado por vía extraordinaria
Lote 5
RD$227,550,379
WTD DOMINICANA, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
DAVAR CORPORATION, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
Mencionado
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CONSTRUCTORA BORGES, S.R.L.No considerada para adjudicación: no presentó cotizaciones de varios materiales para el lote 2 y el resultado global consignado es no cumple.
No habilitado
Lotes 2, 5 y 6
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CONSORCIO ANSVAR IINo considerado para adjudicación por discrepancias del formulario económico respecto del presupuesto y por no presentar análisis detallado de dos partidas.
No habilitado
Lote 3
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CONSORCIO TECHINDUST, RDAdjudicado en el lote 1; también figura habilitado y primero en el reporte del lote 7.
Adjudicado
Lote 1
RD$276,876,867
PS CONSTRUCTORA, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
Mencionado
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CONSORCIO WONG CONSTRUCTORAFigura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
GRUPO MOLCA, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
Mencionado
Lote 6
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TAPO INVERSIONES, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
Mencionado
Lote 4
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CONSORCIO CQ-CTEvaluado y considerado para adjudicación en el lote 2; ocupó el tercer lugar.
Habilitado
Lote 2
RD$276,876,866
CONSTHERA, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.
Mencionado
Lotes 1 y 2
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MOLL, S.A.Evaluada y considerada para adjudicación en el lote 3; ocupó el segundo lugar.
Habilitado
Lote 3
RD$298,989,123
EQUIPOS, CONSTRUCCIONES & ASFALTOS TRYSE, S.R.L.Figura en la relación de oferentes participantes; esta resolución no consigna aquí un resultado económico.