El informe pericial definitivo, fechado el 2025-10-06, presenta la evaluación técnica de las ofertas y recomienda habilitar a Grupo V40, S.R.L. para los ítems 1 y 3, no habilitar a Dynatec Dominicana, S.R.L. ni al Consorcio NU ENERGY-SOLUCEEV, y declarar desierto el ítem 2. Registra que una rectificativa notificada el 2025-09-05 corrigió la interpretación sobre formularios F.01 incompletos y amplió los tipos de soportes aceptables para las planillas de datos garantizados. Las recomendaciones quedan sujetas a la decisión del Comité de Compras y Contrataciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se amplía la posibilidad de acreditar datos técnicos con una comunicación del propio oferente, en lugar de limitar el sustento a soportes técnicos documentales..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Dynatec Dominicana, S.R.L.El informe recomienda no habilitarla por incumplimientos de naturaleza no subsanable; la evaluación técnica no cumple en los ítems 1, 2 y 3.
No habilitado
Ítems 1, 2 y 3
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Consorcio NU ENERGY-SOLUCEEVEl informe recomienda no habilitarlo por incumplimientos de naturaleza no subsanable; la evaluación técnica no cumple en los ítems 1, 2 y 3.
No habilitado
Ítems 1, 2 y 3
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Grupo V40, S.R.L.El informe recomienda habilitarlo para la apertura de las ofertas económicas por cumplir los requerimientos técnicos en los ítems 1 y 3. La recomendación queda sujeta a la decisión del Comité.
Habilitado
Ítems 1 y 3
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Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Evaluación técnica — Formulario F.01Tratamiento del formulario incompleto frente a su falta de presentación
La evaluación inicial consideró no subsanable la presentación incompleta del Formulario F.01.
La rectificativa aclaró que la falta de presentación es no subsanable, pero el llenado incompleto sí puede subsanarse.
Aclara
Rectificativa — soportes de Planillas de Datos GarantizadosIdiomas y medios aceptados para sustentar la información ofrecida
Se solicitaban los soportes o anexos de las planillas traducidos al español.
Se admiten soportes en español o inglés; también documentación técnica disponible del oferente, incluida una comunicación firmada y sellada por este para aclarar o confirmar lo ofrecido.
RelajaQuita un control: Se amplía la posibilidad de acreditar datos técnicos con una comunicación del propio oferente, en lugar de limitar el sustento a soportes técnicos documentales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona