El Acta núm. 42/2025, de 2025-09-16, adjudica a MOLL, S.A. el remozamiento integral del Parque Enriquillo por RD$197,411,576.34. Registra que OTESA ofertó RD$168,241,160.01 y fue descalificada por el formato de la garantía de seriedad; la diferencia entre ambas ofertas es RD$29,170,416.33. También informa sobre las vías para recurrir la decisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este acto convierte en adjudicación la exclusión de OTESA, la oferta menor, por el formato de su garantía. El pliego citado en el expediente califica la garantía de seriedad como subsanable; la decisión adjudica a MOLL por RD$29,170,416.33 más que la oferta de OTESA, por lo que importa revisar cómo se aplicó ese carácter subsanable.
“Que el Oferente Obras & Tecnologías (Otesa), S.R.L., no presentó la Garantía de la Seriedad de la Oferta en el formato requerido, por lo que se descalifica sin más trámites; … DECLARAR ADJUDICATARIA EN EL PRESENTE PROCESO POR LICITACIÓN PÚB”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
El acto informa que puede interponerse un recurso jerárquico o uno de impugnación, sin indicar que, según el Reglamento 416-23, primero corresponde agotar la impugnación ante la institución y luego acudir al órgano rector. La formulación podría confundir a los interesados sobre la secuencia de las vías administrativas.
“INFORMAR que este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez (10) días”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona