Publicado el 12 ago de 2025Fechado el 10 ago de 202561 páginasEn el mensaje «Notificación de Subsanación – Procedimiento FIDEICOMISO-CCC-CP-2025-0009 / Informe Preliminar»
El informe preliminar, fechado el 11 de agosto de 2025, registra la evaluación documental inicial de 12 ofertas técnicas para el lote único de la obra. Concluye que se deben solicitar subsanaciones para poder completar la evaluación y emitir una recomendación definitiva; no decide habilitaciones ni adjudicaciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recoge como requisito tres proyectos de estructuras metálicas y que uno equivalga al 80% del presupuesto estimado, aproximadamente RD$122,042,616.38. Por su cuantía y especificidad, conviene verificar que la condición sea proporcional y esté sustentada en la complejidad de la obra; el informe no aporta esa justificación.
“El oferente deberá demostrar haber ejecutado un mínimo de tres (03) proyectos en la construcción, fabricación e instalación de estructuras metálicas, el monto de contratación y ejecución de uno de estos proyectos deber ser equivalente al 80”
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El informe solicita facturas, formularios IR-17 y certificaciones de TSS para probar que el personal clave pertenecía a la empresa cuando se ejecutaron proyectos anteriores. Como los criterios transcritos describen experiencia y certificaciones, pero no este medio probatorio específico, conviene verificar si la exigencia estaba prevista en el pliego y se aplicó de forma uniforme.
“Las certificaciones de trabajo suministradas del personal clave son emitidas por el oferente, es por esto que para validar este criterio solicitamos al oferente demostrar con evidencias que su plantilla técnica forma parte de la empresa des”
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Oferentes que registra (12)
12 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grupo AG & Asociados, SRLDebe subsanar, entre otros puntos, documentos fiscales, RNC, evidencias de experiencia y equipos, y documentación del personal clave.
Mencionado
Lote único
—
Oscar Medina Construcciones, SRLDebe subsanar documentación del personal clave; el informe indica que no presentó al director de proyecto y solicita documentos de experiencia y formación.
Mencionado
Lote único
—
Constructora Serinar, SRLDebe subsanar documentos de RNC y DGII, y aportar evidencias para validar la vinculación del personal clave con la empresa durante los proyectos presentados.
Mencionado
Lote único
—
O'Reilly & Asociados, SRLDebe subsanar, entre otros puntos, documentos de RNC e impuesto sobre la renta, documentos de personal clave y evidencias de experiencia del personal.
Mencionado
Lote único
—
Proyectos Industriales, SRL (PINSA)Debe subsanar documentos de RNC, cartas y títulos del personal propuesto, y evidencias de vinculación del personal clave con la empresa.
Mencionado
Lote único
—
Consorcio Precon Abreu MedinaDebe subsanar documentos del consorcio y RNC de sus integrantes; el informe también señala un RPE desactualizado de C&E Presupuestos y Construcciones, SA.
Mencionado
Lote único
—
Constructora Yunes, SRLDebe subsanar cartas de aceptación del personal clave por incongruencias y aportar evidencias para validar la vinculación del personal con la empresa en los proyectos presentados.
Mencionado
Lote único
—
Constructora Mejía Draiby, SRLDebe subsanar documentos del personal clave, incluidos títulos y documentos de identidad, y certificaciones de experiencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Malespin Constructora, SRLDebe subsanar documentos del personal clave, incluidas certificaciones de experiencia y documentos del ingeniero estructural.
Mencionado
Lote único
—
Ingenieros Consultores Especializados, SRLDebe subsanar documentos de RNC y DGII, presupuestos o cubicaciones y certificaciones de experiencia, y evidencias de vinculación del personal clave con la empresa.
Consorcio CoemsaDebe subsanar documentación consorcial; el informe indica que el acta aportada hace referencia a otro proceso y solicita documentos de representación y registro.