El Acta de Adjudicación núm. FRDV-ADJ-049-2025, de fecha 2025-11-07, aprueba el informe económico y adjudica el lote único de la obra a Constructora Mejía Draiby, SRL por RD$137,300,453.97. El acta registra tres ofertas habilitadas para evaluación económica y ubica a Ingenieros Consultores Especializados, SRL en segundo lugar y a Constructora Yunes, SRL en tercero. La adjudicación queda por debajo del monto estimado de RD$152,553,270.48.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En la relación de ofertas, el acta asigna a O'Reilly & Asociados el mismo RNC que identifica a Oscar Medina Construcciones. El registro aportado para O'Reilly indica otro RNC; conviene verificar la identidad consignada en el expediente, aunque el acta no adjudica a O'Reilly.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El acta indica que el puntaje máximo económico es 30, pero luego describe la fórmula asignando el máximo de 20 puntos. Los resultados individuales y el total aplicado muestran hasta 30 puntos, por lo que la clasificación documentada parece usar ese máximo; aun así, la diferencia entre la metodología descrita y aplicada requiere verificación frente al pliego.
“El puntaje máximo asignado es de 30 Puntos. … Esta metodología consiste en identificar la oferta de menor precio y asignarle el puntaje máximo de 20 puntos”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (12)
9 mencionado · 2 habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grupo AG & Asociados, SRLFigura entre los oferentes relacionados, pero el acta no consigna su resultado final de evaluación.
Mencionado
Lote único
—
Oscar Medina Construcciones, SRLFigura entre los oferentes relacionados, pero el acta no consigna su resultado final de evaluación.
Mencionado
Lote único
—
Constructora Serinar, SRLFigura entre los oferentes relacionados, pero el acta no consigna su resultado final de evaluación.
Mencionado
Lote único
—
O'Reilly & Asociados, SRLFigura entre los oferentes relacionados, pero el acta no consigna su resultado final de evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…