La Enmienda IV, fechada el 3 de julio de 2025 y aprobada mediante el Acta núm. 18-4/2025, modifica el presupuesto base —RD$1,233,997,350— y varios apartados del pliego del proceso MINERD-CCC-LPN-2025-0033. También cambia requisitos de credenciales y evaluación, el lugar de impresión y entrega, las reglas de adjudicación por lotes, el anticipo para MIPYMES y otros términos contractuales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige que la imprenta esté en el país, mientras que los antecedentes del proceso registran que antes se permitía imprimir en el extranjero. El cambio puede excluir a proveedores que impriman fuera del país y restringir la competencia; conviene verificar su justificación y efecto sobre los participantes.
“6. La imprenta de los participantes debe estar dentro del territorio nacional.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La enmienda permite cubrir el anticipo de una MIPYME con póliza de seguro o garantía bancaria. El artículo 192 del Reglamento establece que para MIPYMES solo será exigida la fianza de seguro; corresponde verificar la modalidad que se admitirá en la ejecución del pliego.
“Este pago se hará con el registro del contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra el cien por ciento de la totalidad del Avance Inicial, (artículo 168 Reglamento 416-23)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el umbral temporal de experiencia específica de diez años a la presentación de dos contratos de los últimos dos años, aunque mantiene evidencia de ejecución satisfactoria..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Presupuesto base o valor referencialPresupuesto y estimaciones por lote
La redacción anterior de este numeral no se reproduce en la enmienda.
Fija el presupuesto base en RD$1,233,997,350.00, incluidos impuestos, y presenta cantidades y precios unitarios estimados para los 14 lotes.
Aclara
Lugar de ejecución del servicioCentros de entrega
La redacción anterior no se reproduce íntegramente; los antecedentes del proceso registran dos destinos y autorización de impresión en el extranjero.
Indica el Centro de Acopio de Haina y Santiago de los Caballeros como destinos de entrega, según la distribución adjunta.
Aclara
Credenciales — documentación legalExperiencia del oferente
En antecedentes del proceso consta un requisito cuestionado de diez años de experiencia.
Exige dos contratos u órdenes de compra de los últimos dos años, con el mismo objeto, y certificaciones de recepción satisfactoria; permite subsanar esta documentación.
RelajaQuita un control: Reduce el umbral temporal de experiencia específica de diez años a la presentación de dos contratos de los últimos dos años, aunque mantiene evidencia de ejecución satisfactoria.
Documentación técnicaUbicación de la imprenta
Los antecedentes del proceso registran que se permitía imprimir los libros en el extranjero.
Exige que la imprenta de los participantes esté dentro del territorio nacional.
Endurece
Muestras y evaluación técnicaMuestras válidas para los lotes
La regla anterior descrita en la enmienda no se reproduce; los antecedentes del proceso registran controversia sobre las muestras válidas para cada lote.
Especifica muestras de un libro de Lengua Española de 4to de primaria del Lote 1 y de Ciencias Naturales de 4to de Secundaria del Lote 9, aplicables a los lotes en que se participe.
Aclara
Metodología y criterios de evaluación técnicaEvaluación cumple/no cumple y capacidad de impresión
La metodología anterior no se reproduce en esta enmienda.
Establece evaluación cumple/no cumple de los documentos técnicos habilitantes y determina la capacidad de impresión mediante visita técnica y datos de capacidad instalada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La regla anterior de adjudicación no se reproduce íntegramente en esta enmienda.
Dispone adjudicar un lote por oferente como regla, ordenando los lotes del 1 al 14 por menor precio, pero permite excepcionalmente más de uno si podrían quedar lotes desiertos y la capacidad lo permite.
Relaja
Anexos y documentos estandarizadosOmisión de formularios estándar
La regla anterior no se reproduce en esta enmienda.
Aclara que no presentar uno de los documentos estandarizados no causa rechazo ni impide la evaluación de la oferta.
Relaja
Anticipo y condiciones de pagoAnticipo para MIPYMES y garantía
La redacción anterior de estos numerales no se reproduce en la enmienda.
Prevé anticipo del 20% solo para MIPYMES, contra póliza de seguro o garantía bancaria por el 100% del avance; los demás pagos se realizan tras la entrega y presentación de facturas.