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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES INAIPI-CCC-LPN-2025-0001 ALIMENTOS CRUDOS.pdf

SUMINISTRO Y DISTRIBUCION DE FRUTOS SECOS, CEREALES, CONDIMENTOS Y CARNES PARA LOS CENTROS CAIPI Y CAFI A NIVEL NACIONAL · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 21 feb de 202559 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0001

Lo que dice

El pliego convoca la Licitación Pública Nacional INAIPI-CCC-LPN-2025-0001 para suministrar alimentos crudos en 15 lotes, con un valor referencial total de RD$463,036,809.00. Fija la recepción de ofertas para el 9 de abril de 2025 y la adjudicación para el 16 de mayo de 2025; establece evaluación técnica y económica y adjudicación por lote, según menor precio entre ofertas habilitadas. También define requisitos de capacidad, entrega, pago y garantías para la contratación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

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Requisitos de capacidad pueden restringir la concurrencia

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

Para bienes alimenticios, el pliego exige, entre otros, dos contratos previos de suministro y distribución de alimentos crudos con certificaciones de clientes, infraestructura y vehículos específicos, además de que la actividad principal sea el suministro y distribución de alimentos y prohíbe subcontratar. La acumulación de requisitos obligatorios y no subsanables merece revisar su proporcionalidad frente al objeto y a cada lote, por el efecto que puede tener sobre oferentes con capacidad pero menor historial o que recurren a terceros especializados.

“Constancias a través de contratos de naturaleza similar al presente proceso (suministro y distribución de alimentos crudos), los mismos realizados a sus clientes, dichos clientes deben confirmar con certificaciones… (Mínimo dos (2) contrato”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Crédito obligatorio de 45 días como condición no subsanable

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

El pliego exige que el oferente ofrezca crédito mínimo de 45 días y califica la carta correspondiente como no subsanable; además, prevé pagos hasta 45 días después de la factura. La condición puede imponer una carga financiera de acceso, particularmente para empresas con menor liquidez, y merece verificarse su necesidad y proporcionalidad para este suministro.

“Ofrecer crédito de 45 días mínimo para el pago de sus servicios mediante carta firmada y sellada por la empresa oferente. (No subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Las ofertas vencerían antes de la apertura económica y la adjudicación

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

El pliego fija vigencia de las ofertas hasta el 24 de abril, pero programa la apertura económica para el 29 de abril y la adjudicación para el 16 de mayo. Aunque permite solicitar prórroga antes del vencimiento, el cronograma no establece esa prórroga, por lo que corresponde verificar si todas las ofertas se mantuvieron vigentes en condiciones iguales.

“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes desde el 24 de febrero hasta el 24 de abril del 2025. … 11. Apertura y lectura de Propuestas Económicas “Sobre B” 29 de abril a las 10:30 A.M … 16. Adjudicación 16 de mayo a las”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 22

ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.

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Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

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Regla de adjudicación de un lote contradice la posibilidad de lotes adicionales

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

En las notas se indica que cada oferente solo podrá ser adjudicado en un lote; la sección de adjudicación, en cambio, permite adjudicar lotes adicionales si quedan lotes sin adjudicar y los oferentes cumplen. Aunque también indica que el INAIPI no está obligado a adjudicar más de uno, la coexistencia de ambas reglas puede afectar la previsibilidad del reparto y requiere aclarar cuál prevalece antes de evaluar y adjudicar.

“El oferente podrá presentar su oferta para todos los lotes en cantidades totales. Solo podrá ser adjudicado en un (1) lote, según lo establecido en el numeral 23 “Adjudicación” del Pliego de Condiciones. … En caso de que por los criterios d”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Umbrales financieros contienen comparadores contradictorios

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

La tabla combina expresiones de límite con signos de comparación incompatibles, especialmente en el índice de endeudamiento. Esto deja incertidumbre sobre el tratamiento de valores iguales o superiores al umbral y puede producir resultados distintos de habilitación si no se aplica una interpretación uniforme.

“Límite establecido: Menor 1.50, Menor o igual que > 1.50 Mayor que < 1.50.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Dos lotes aparecen con zona y monto idénticos

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

Los lotes 10 y 11 se describen ambos para la Zona Norte Oriental, con el mismo monto estimado de RD$21,236,579; la misma duplicación aparece en los lotes 13 y 14 para la Zona Norte Occidental, por RD$22,876,327 cada uno. El pliego no distingue su alcance en esos rótulos, por lo que conviene verificar si son necesidades independientes o una duplicación que puede confundir la preparación y comparación de ofertas.

“Lote 10.- Suministro y distribución de Frutos Secos, Cereales, Condimentos y Carnes … Zona Norte Oriental … 21,236,579.00 … Lote 11.- Suministro y distribución de Frutos Secos, Cereales, Condimentos y Carnes … Zona Norte Oriental … 21,236,5”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

El portal indica que no está reservado a MIPYMES, pero el pliego crea lotes dirigidos

Documento del 21 feb 2025 · hace 1 año

El pliego identifica lotes expresamente dirigidos a MIPYMES y a MIPYMES mujer, mientras que la ficha del portal aportada señala «Reservado a MIPYMES: no». La diferencia merece verificarse en la configuración y publicidad del proceso, pues puede incidir en cómo los interesados identifican las reglas de participación de esos lotes.

“DIRIGIDO A: Grandes empresas, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y (MIPYMES MUJER)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 92 · Reglamento 416-23, art. 157 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 92 — Contenido de la convocatoria

Artículo 92. Contenido de la convocatoria. Para todas las modalidades de selección ordinaria la convocatoria deberá contener como mínimo, las informaciones descritas en el párrafo I del artículo 18 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones e incluir de forma expresa si está dirigida exclusivamente a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), MIPYMES lideradas por mujeres, a pequeños productores de la agricultura familiar, a MIPYMES industriales localizados en territorio dominicano o a otros sectores priorizados.

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Reglamento 416-23, artículo 157 — Convocatoria

Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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