El acta CC-2026-0103 adjudica a Comercializadora Juvianny los lotes VII y XIX por RD$86,677,958.25 y RD$98,740,611.05, pero el portal registra contratos por RD$86,340,603 y RD$98,342,262, con diferencias de RD$337,355.25 y RD$398,349.05. La fecha 2026-04-21 que muestra el portal para esos contratos es anterior al acta del 28 de abril de 2026, aunque podría corresponder a un registro del sistema y no a la firma real; conviene cotejar los contratos firmados y sus eventuales rectificaciones.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmétn, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo las 11:30 a.m., a los veintiocho (28) dias del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026)” — ACTA DE ADJUDICACION.pdf
Comprobada en una segunda lectura: antes de publicarla, otra lectura con inteligencia artificial contrastó este hallazgo con el documento y con los datos del portal y ajustó su redacción o su gravedad.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 163 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
El Acta Administrativa núm. CC-2026-0103, de 2026-04-28, adjudica 20 lotes del proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0029 por un total de RD$1,280,866,998.96 y declara desiertos los lotes 2, 4, 22 y 24. Entre las adjudicaciones, varios oferentes reciben más de un lote, pese a la regla del pliego que limita a uno por oferente salvo una excepción condicionada.
Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Irevis Comercial, SRLNo habilitado para apertura económica; el informe técnico indicó que las presentaciones ofertadas para bija y canela diferían de la requerida.
No habilitado
Lotes 1 y 3
—
Almirhe, SRLNo habilitado por omisiones de información mínima sobre país de origen y procedencia.
No habilitado
Lotes 9, 11, 13 y 15
—
P.A. Catering, SRLNo habilitado por omisiones de información mínima sobre país de origen y procedencia.
No habilitado
Lotes 9 y 11
—
Indofana, SRLNo habilitado por omisiones de información mínima sobre país de origen y procedencia.
No habilitado
Lotes 5 y 7
—
Faluza Dominicana, SRLNo habilitado por omisiones de información mínima sobre frecuencia estimada de entrega.
No habilitado
Lotes 18 y 20
—
Albepmed, SRLNo habilitado por presentar fotos referenciales que no permitían verificar los productos ofertados.
No habilitado
Lotes 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15 y 17
—
Inversiones DLP, SRLNo habilitado por omisiones de información mínima y por presentar fotos referenciales.
No habilitado
Lotes 1, 6, 8, 10 y 24
—
Ramaga Trading, SRLNo habilitado por diferencias en la presentación ofertada y falta de información mínima sobre origen y procedencia.
No habilitado
Lotes 1, 3, 5, 7, 9 y 23
—
Aiov Investment, SRLNo habilitado porque las presentaciones de bija y canela diferían de la requerida.
No habilitado
Lotes 1 y 3
—
Canastas Amalia's, SRLNo habilitado; se mantuvo la exclusión por omisiones de frecuencia de entrega, país de origen y procedencia.
No habilitado
Lotes 23 y 24
—
Tiendas Diber, S.R.L.No habilitado por fotos referenciales y por carecer un ítem de marca comercial y registro sanitario.
No habilitado
Lotes 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15 y 17
—
Proagro Dominicana, SRLNo habilitado; presentó oferta únicamente para el ítem 34 de los lotes 17 y 19.