El pliego fija la garantía contra vicios ocultos en 5% del monto final ejecutado, mientras el Reglamento 52-26 establece un monto obligatorio equivalente al 10% del costo total de los trabajos. La diferencia reduce la cobertura económica prevista para defectos de construcción.
“Al finalizar los trabajos y previo a la recepción definitiva, el contratista deberá presentar una garantía contra defectos o vicios ocultos, mediante póliza de fianza a satisfacción de la institución contratante, por un monto equivalente al” — Pliego de Condiciones INEFI-CCC-CP-2026-0031.pdf
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 213 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 213 — Monto de la garantía contra vicios ocultos
Artículo 213.- Monto de la garantía contra vicios ocultos. La presentación de la garantía contra vicios ocultos es obligatoria y es constituida por un monto equivalente al diez por ciento (10 %) del costo total al que hayan ascendido todos los trabajos realizados al concluir la obra.
El pliego del proceso INEFI-CCC-CP-2026-0031 establece una Contratación Simplificada para obras de adecuación deportiva, con presupuesto base de RD$177,000,000.00 distribuido en diez lotes: nueve de RD$18,000,000.00 y uno de RD$15,000,000.00. Menciona la aprobación mediante el Acto Administrativo núm. 01-0031-2026, de 2026-06-08, y su cronograma original fijaba la recepción de ofertas para el 2026-07-03; según la información del portal y la enmienda, el cierre se trasladó al 2026-07-13.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona