Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Nataniel Steven Fernández Cepeda | Gerente | Documento societario · 8 oct de 2025Documento en comunidad.comprasdominicana.gob.do, pág. 2 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza el recurso jerárquico, al determinarse que los alegatos de la recurrente carecen de mérito, específicamente en lo relativo a la supuesta ilegalidad del pliego de condiciones del procedimiento. En consecuencia, se mantiene la validez del pliego de condiciones y de las actuaciones realizadas por la institución contratante, al no evidenciarse violaciones que justifiquen su modificación.
Proceso: MEM-CCC-CP-2025-0031 (Construcción, Extensión y Rehabilitación de Redes Eléctricas en…)
Empresas: SUSELESA Suministros y Servicios Eléctricos, SRL (presentó la acción)FC INGENIERIA, EIRLMacuri Group, S.R.L.Vasquez y Sanchez Ingeniería, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social SUSELESA Suministros y Servicios Eléctricos, S.R.L. contra del contra el Acto Administrativo S/N de fecha 20 de noviembre del 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Energía y Minas (MEM) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios núm. MEM-CCC-CP-2025-0031, llevado a cabo para la “Construcción, Extensión y Rehabilitación de Redes Eléctricas en diferentes comunidades del País.”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social SUSELESA Suministros y Servicios Eléctricos, S.R.L., debido a que carecen de méritos los alegatos expuestos por la recurrente respecto a la ilegalidad del pliego de condiciones del procedimiento por Comparación de Precios núm. MEM-CCC-CP-2025-0031, llevado a cabo para la “Construcción, Extensión y Rehabilitación de Redes Eléctricas en diferentes comunidades del País”. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso: i) la razón social SUSELESA Suministros & Servicios Eléctricos, S.R.L., ii) Ministerio de Energía y Minas (MEM), iii) a la razón social Vásquez y Sánchez Ingeniería, S.R.L., iv) FC Ingeniería, E.I.R.L. y v) Macuri Group, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Tipo de acción: Recurso jerárquico presentado por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., contra el Acta Núm. 463-2025 de fecha 23 de octubre de 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (EDESUR) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevado a cabo para…
Proceso: EDESUR-CCC-CP-2025-0033 (Contratación de Obras Civiles para Subestaciones Varias de EDESUR…)
Empresas: FC INGENIERIA, EIRL (presentó la acción)L&L Design, SRL (adjudicataria del proceso)Contrataciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., contra el Acta Núm. 463-2025 de fecha 23 de octubre de 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (EDESUR) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevado a cabo para la “Contratación de obras civiles para subestaciones varias de Edesur Dominicana, S.A.”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., esta Dirección General decide: • RECHAZA el pedimento de revocar el contenido del Acta Núm. 463-2025, de fecha 23 de octubre de 2025, que responde el recurso de impugnación por la falta de mérito de sus alegatos. • RECHAZA el pedimento de Revocar el Acto Administrativo Núm. 413-2025, en atención de que no tienen mérito sus alegatos sobre la evaluación de la oferta técnica del adjudicatario y la descalificación de la oferta técnica del recurrente. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al recurrente FC Ingeniería, E.I.R.L.; ii) a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (EDESUR), y; iii) a la adjudicataria, la razón social L&L Design, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Se acoge en cuanto a la forma y se rechaza en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social SUSELESA Suministros & Servicios Eléctricos, S.R.L., al no haberse comprobado la concurrencia de los presupuestos de apariencia de buen derecho ni peligro en la demora. En consecuencia, se mantiene la ejecutoriedad del procedimiento de contratación por Comparación de Precios Núm.…
Proceso: MEM-CCC-CP-2025-0031 (Construcción, Extensión y Rehabilitación de Redes Eléctricas en…)
Empresas: Soluciones Constructivas e Inversiones, S.R.L. (presentó la acción)Vasquez y Sanchez Ingeniería, SRL (adjudicataria del proceso)FC INGENIERIA, EIRLMacuri Group, S.R.L.SUSELESA Suministros y Servicios Eléctricos, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social SUSELESA Suministros & Servicios Eléctricos, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo con las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Soluciones Constructivas e Inversiones, S.R.L., tendente suspender la ejecución del procedimiento por Comparación de Precios Núm. MEM-CCC-CP-2025-0031, llevado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) para la “Construcción, Extensión y Rehabilitación de Redes Eléctricas en diferentes comunidades del País”, hasta tanto se dé respuesta a su recurso jerárquico, ya que no se comprobó la coexistencia de los elementos imprescindibles a estos fines, debido a que si bien se aprecia apariencia de buen derecho “fumus boni iuris”, no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora” TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso: i) la razón social SUSELESA Suministros & Servicios Eléctricos, S.R.L., ii) Ministerio de Energía y Minas (MEM), iii) a la adjudicataria la razón social Vásquez y Sánchez Ingeniería, S.R.L., iv) FC Ingeniería, E.I.R.L. y v) Macuri Group, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.dgcp.gob.do.
La Dirección General de Contrataciones Públicas acoge en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por FC Ingeniería, E.I.R.L., por cumplir con los requisitos formales establecidos en la normativa aplicable; sin embargo, la rechaza en cuanto al fondo, al no verificarse la concurrencia de los elementos indispensables para su adopción. La DGCP concluye que no se acreditó el peligro en la demora…
Proceso: EDESUR-CCC-CP-2025-0033 (Contratación de Obras Civiles para Subestaciones Varias de EDESUR…)
Empresas: FC INGENIERIA, EIRL (presentó la acción)L&L Design, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevada a cabo por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR), para la “Contratación de obras civiles para subestaciones varias de Edesur Dominicana S.A.”, hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., tendente a suspender los efectos del procedimiento de Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevado a cabo por el Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR) para la “Contratación de obras civiles para subestaciones varias de Edesur Dominicana S.A.”, hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, debido a que no se comprobó la existencia de los elementos necesarios para su aplicación. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al solicitante FC Ingeniería, E.I.R.L.; ii) a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR), y iii) a la adjudicataria del procedimiento, la razón social L&L Design, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.