L&L Design, SRL
Razón social igual a una sociedad registrada en Florida
· hace 16 díasRD$154.6 millones
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
L&L Design, SRL
· hace 16 díasRD$154.6 millones
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Tipo de acción: Recurso jerárquico presentado por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., contra el Acta Núm. 463-2025 de fecha 23 de octubre de 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (EDESUR) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevado a cabo para…
Proceso: EDESUR-CCC-CP-2025-0033 (Contratación de Obras Civiles para Subestaciones Varias de EDESUR…)
Empresas: FC INGENIERIA, EIRL (presentó la acción)L&L Design, SRL (adjudicataria del proceso)Contrataciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., contra el Acta Núm. 463-2025 de fecha 23 de octubre de 2025, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (EDESUR) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevado a cabo para la “Contratación de obras civiles para subestaciones varias de Edesur Dominicana, S.A.”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., esta Dirección General decide: • RECHAZA el pedimento de revocar el contenido del Acta Núm. 463-2025, de fecha 23 de octubre de 2025, que responde el recurso de impugnación por la falta de mérito de sus alegatos. • RECHAZA el pedimento de Revocar el Acto Administrativo Núm. 413-2025, en atención de que no tienen mérito sus alegatos sobre la evaluación de la oferta técnica del adjudicatario y la descalificación de la oferta técnica del recurrente. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al recurrente FC Ingeniería, E.I.R.L.; ii) a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S.A. (EDESUR), y; iii) a la adjudicataria, la razón social L&L Design, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Oficina para el Reordenamiento del Transporte |
| RD$3.5 millones |
| 27 ene de 2022 |
| Activo |
| RECONSTRUCCIÓN DE LA IGLESIA SANTA LUCIA EN EL MUNICIPIO LAS MATAS DE FARFAN, PROVINCIA SAN JUAN. | Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana | RD$19.2 millones | 2 jul de 2019 | Rescindido |
| LA REHABILITACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LA PROVINCIAS BARAHONA Y PEDERNALES REGIONAL 01 | Ministerio de Educación | RD$8.5 millones | 13 dic de 2018 | Activo |
| Empapelado de varias oficinas | Ministerio de Hacienda | RD$79,178 | 24 nov de 2016 | Activo |
| Adquisicion de materiales para reparacion de paredes de yeso, electricos, de data, telefonica, ceramica etc. | Ministerio de Hacienda | RD$182,742 | 15 jul de 2016 | Activo |
La Dirección General de Contrataciones Públicas acoge en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por FC Ingeniería, E.I.R.L., por cumplir con los requisitos formales establecidos en la normativa aplicable; sin embargo, la rechaza en cuanto al fondo, al no verificarse la concurrencia de los elementos indispensables para su adopción. La DGCP concluye que no se acreditó el peligro en la demora…
Proceso: EDESUR-CCC-CP-2025-0033 (Contratación de Obras Civiles para Subestaciones Varias de EDESUR…)
Empresas: FC INGENIERIA, EIRL (presentó la acción)L&L Design, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevada a cabo por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR), para la “Contratación de obras civiles para subestaciones varias de Edesur Dominicana S.A.”, hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social FC Ingeniería, E.I.R.L., tendente a suspender los efectos del procedimiento de Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2025-0033, llevado a cabo por el Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR) para la “Contratación de obras civiles para subestaciones varias de Edesur Dominicana S.A.”, hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, debido a que no se comprobó la existencia de los elementos necesarios para su aplicación. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al solicitante FC Ingeniería, E.I.R.L.; ii) a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR), y iii) a la adjudicataria del procedimiento, la razón social L&L Design, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Proceso: ISFODOSU-CCC-CP-0015-2018
Empresa: L&L Design, SRL (contra quien se presentó)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado (RPE) interpuesto por el Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña (ISFODOSU), en contra de la proveedora L&L Design, S.R.L., Registros de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 10851, por haber sido presentada cumpliendo con las formalidades establecidas en la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña (ISFODOSU), en contra de la razón social L&L Design, S.R.L., Registros de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 10851, por no haberse comprobado que haya incurrido de acuerdo a lo alegado, en un incumplimiento del contrato de ejecución de obra Núm. 227/18, registrado en fecha 24 de agosto del 2018 para el lote correspondiente a la “Remodelación de salón de videoconferencia y remozamiento de baño de cocina del recinto Félix Evaristo Mejía del ISFODOSU”, en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. ISFODOSU-CCC-CP-0015-2018, convocado por la referida institución en el mes de abril de 2018, para la “Construcción de obras por lotes para el Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña”. TERCERO: REMITIR formalmente la presente resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, al Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña (ISFODOSU) y a la razón social L&L Design, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: REMITIR formalmente la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.