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Abriendo la ficha…

SNS-MAE-PEEN-2020-0007 · Procesos de Excepción

Adquisición de Equipos de Protección Personal -EPP-

Servicio Nacional de Salud · Estado: Proceso adjudicado y celebrado

Ver en el Portal Transaccional
RD$212 millonesmonto estimado
RD$37.1 millonesadjudicado vigente
23oferentes
4adjudicatarios
2señales, alguna grave6resoluciones de la DGCP
Señales2Resoluciones6Contratos9Ofertas29DocumentosCronología

Señales

GraveResolución de la DGCP

Guival Medical, SRL

La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución RIC-3-2021)

Resolución del 11 ene 2021 · hace 5 años

GraveResolución de la DGCP

F & G Office Solution, SRL

La DGCP inhabilitó a este proveedor (resolución RIC-6-2021)

Resolución del 11 ene 2021 · hace 5 años

Resoluciones de la DGCP (6)

Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.

  • Resolución RIC-175-2021Recurso de reconsideración

    Publicada el 23 sept de 2021 · Servicio Nacional de Salud

    Confirma una decisión anteriorRechaza el reclamo

    Se rechaza el recurso de reconsideración presentado por la razón social F&G Office Solution, S.R.L., y por vía de consecuencia, se confirma en todas sus partes el acto recurrido, Resolución Ref. RIC-6-2021, toda vez que no tienen méritos sus alegatos, pues: i) si bien refiere que la institución contratante le denegó su solicitud de entregar los bienes restantes, ésta no estaba obligada a conceder la prórroga…

    Empresa: F & G Office Solution, SRL (presentó la acción)

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso de reconsideración, interpuesto por la razón social F&G Office Solution, S.R.L. en contra de la Resolución Ref. RIC-6-2021, dictada por la Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 11 de enero de 2021, que ordena su inhabilitación temporal de un (1) año, por incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS- MAE-PEEN-2020-0007, llevado a cabo para la “ adquisición de equipos de protección personal – EPP- e insumos hospitalarios para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019-nCov)”. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso de reconsideración presentado por la razón social F&G Office Solution, S.R.L. en contra de la Resolución Ref. RIC-6-2021 dictada por la Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 11 de enero de 2021, por no haberse comprobado elementos nuevos y pruebas que hagan variar o reconsiderar la decisión adoptada por este Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas. Por vía de consecuencia, CONFIRMAR en todas sus partes la referida, por haber sido dictada . . . .. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS 0007, llevado a cabo para la" nCov)". Dirección General Contrataciones Públicas en estricto apego a las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. TERCERO: REMITIR formalmente la presente resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, al Servicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social F&G Office Solution, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.

Contratos y adjudicaciones (9)

AdjudicatarioMontoAdjudicadoEstado
F & G Office Solution, SRLRD$204,120,00015 may de 2020Cancelado
Productos Medicinales, SRLRD$37,400,00015 may de 2020Cancelado
ECOFAUNA PEST CONTROL, SRLRD$18,000,00015 may de 2020Cancelado
ECOFAUNA PEST CONTROL, SRLRD$18,000,00017 jun de 2020Cerrado · contrato
F & G Office Solution, SRLRD$10,460,82517 jun de 2020Cerrado · contrato
Productos Medicinales, SRLRD$8,149,75017 jun de 2020Cerrado · contrato
Guival Medical, SRLRD$2,700,00015 may de 2020Cancelado
Brexman Dominicana, SRLRD$1,780,80015 may de 2020Cancelado
Brexman Dominicana, SRLRD$519,40017 jun de 2020Cerrado · contrato

Ofertas recibidas (29)

OferenteOfertaEntregadaResultado
Productos Medicinales, SRLProveedor desde 7 nov de 2006RD$376,050,00022 abr de 2020Adjudicado
Productos Medicinales, SRLProveedor desde 7 nov de 2006RD$376,050,00017 jun de 2020Adjudicado
Productos Medicinales, SRLProveedor desde 7 nov de 2006RD$376,050,00015 may de 2020Adjudicado
Argos Farmacéutica, SRLProveedor desde 7 nov de 2006RD$366,750,00022 abr de 2020Descalificada
Asmed, SRLProveedor desde 9 ago de 2017RD$365,550,00022 abr de 2020Calificada
Guival Medical, SRLProveedor desde 17 may de 2016RD$358,050,00022 abr de 2020Calificada
CEM Caribbean Equipment Medical, SRLProveedor desde 21 nov de 2013RD$290,810,600——
F & G Office Solution, SRLProveedor desde 7 jul de 2008RD$284,720,00017 jun de 2020Adjudicado
F & G Office Solution, SRLProveedor desde 7 jul de 2008RD$284,720,00015 may de 2020Adjudicado
F & G Office Solution, SRLProveedor desde 7 jul de 2008RD$284,720,00022 abr de 2020Adjudicado
F & G Office Solution, SRL

Documentos oficiales (0)

Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.

Cronología

  1. 17 abr de 2020, 7:00 a. m.Publicación del proceso
  2. 15 may de 2020, 12:36 p. m.Primera adjudicación registrada

Sigue explorando · Dinero público

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

  • Resolución RIC-160-2021Recurso de reconsideración

    Emitida el 22 jul de 2021 · Servicio Nacional de Salud

    Confirma una decisión anteriorRechaza el reclamo

    Se rechaza el recurso de reconsideración presentado por la razón social Guival Medical, S.R.L., y por vía de consecuencia, se confirma en todas sus partes el acto recurrido, Resolución Ref. RIC-3-2020, toda vez que: i) conforme indicado en el acto recurrido, ha sido constata la existencia de la relación contractual entre las partes; ii) se confirmó el incumplimiento contractual, por no haberse entregado la cosa…

    Empresa: Guival Medical, SRL (presentó la acción)

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso de reconsideración, interpuesto por la razón social Guival Medical, S.R.L. en contra de la Resolución Ref. RIC-3-2021 dictada por la Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 11 de enero de 2021, que ordena su inhabilitación temporal de un (1) año, por incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS- MAE-PEEN-2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal – EPP- e insumos hospitalarios para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019-nCov)”. por haber cumplido con la forma y plazo establecidos en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso de reconsideración presentado por la razón social Guival Medical S.R.L. en contra de la Resolución Ref. RIC-3-2021 dictada por la Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 11 de enero de 2021, por no haberse comprobado elementos nuevos y pruebas que hagan variar o reconsiderar la decisión adoptada por este Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas. Por vía de consecuencia, CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución Ref. RIC-3-2021 de fecha 11 de enero de 2021, por haber sido dictada en estricto apego a las disposiciones de la Ley Núm. 340- 06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12, y por no haberse comprobado la desproporcionalidad de la decisión establecida. • • 1 •• GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS 0007, llevado a cabo para la" adquisición de equipos de protección personal nCov)". Dirección General Contrataciones Públicas TERCERO: REMITIR formalmente la presente resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, al Servicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social Guival Medical, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.

  • Resolución RIC-19-2021Solicitud de inhabilitación a pedido de parte

    Publicada el 4 mar de 2021 · Servicio Nacional de Salud

    Rechaza el reclamo

    Rechazar la solicitud de inhabilitación por período de un (1) año en contr de la razón social Brexman Dominicana, S.R.L., por no haberse demostrado de manera fehaciente que haya renunciado sin causa jsutificada a la adudicación del contrato, ni que haya incurrido en un incumpliento de las obligaciones contractuales asumidas, por una causa atribuible al proveedor.

    Empresas: Brexman Dominicana, SRL (contra quien se presentó)CONCILIUM S AF & G Office Solution, SRLGuival Medical, SRLPM & ASOCIADOSProductos Medicinales, SRLy 1 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesto por el Servicio Nacional de Salud (SNS ), en contra de la razón social Brexman Dominicana, S.R.L. , por: i) presunt a renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato , y ; ii) alegad o incumplimiento de las obligaciones contractuales , en el marco del P rocedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS - MAE - PEEN - 2020 - 0007 , llevado a cabo para la “ adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019 - nCov) ” ,por haber sido presentada de conformidad con las disp osiciones de la Ley Núm. 340 - 06 y sus modificaciones ,y su Reglamento de Aplicación Núm. 543 - 12. SEGUNDO: En cuanto al fondo de la solicitud de inhabilitación realizada por el Servicio Nacional de Salud contra la razón social Brexman Dominicana, S.R.L. : 1) RECHAZAR sus conclusiones respecto a la causal por renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato objeto del P rocedimiento de Excepción por Emergencia Naci onal Núm. SNS - MAE - PEEN - 2020 - 0007 , llevado a cabo para la “ adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019 - nCov) ” , por no ser presentados argumentos ni pruebas que permitan a esta Dirección General verificar lo solicitado. 2) RECHAZAR sus conclusiones respecto a la causal de incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS - MAE - PEEN - 2020 - 0007 , llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019 - nCov) ” ,toda vez que si bien es cierto fue constatado el incumplimiento, a partir de lo argumentado por las partes, no ha sido demostrado de m anera fehaciente que la causa le sea atribuible al proveedor. TERCER O: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso , es decir, a lServicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social Brexman Dominicana, S.R.L. , para su conocimiento y fines de lugar. CUAR T O: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.

  • Resolución RIC-20-2021Solicitud de inhabilitación a pedido de parte

    Emitida el 15 ene de 2021 · Servicio Nacional de Salud

    Rechaza el reclamo

    Rechazar la solicitud de inhabilitación por un período de un (1) año en contra de la razón social Productos Medicinales, S.R.L., por no haberse demostrado de manera fehaciente que haya renunciado sin causa justificada a la adjudicación del contrato, ni que haya renunciado sin causa justificada a la adjudicación del contrato, no que haya incurrido en un incumplimiento de las obligaciones contractuales asumida, por…

    Empresas: Productos Medicinales, SRL (contra quien se presentó)Brexman Dominicana, SRLCONCILIUM S AF & G Office Solution, SRLGuival Medical, SRLPM & ASOCIADOSy 1 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesto por el Servicio Nacional de Salud (SNS), en contra de la razón social Productos Medicinales, S.R.L., por: i) presunta renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato, y; ii) alegado incumplimiento de las obligaciones contractuales en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN- 2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019- nCov), por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. SEGUNDO: En cuanto al fondo de la solicitud de inhabilitación realizada por el Servicio Nacional de Salud contra la razón social Productos Medicinales, S.R.L.: 1) RECHAZAR sus conclusiones respecto a la causal por renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato objeto del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN-2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019-nCov), por no ser presentados argumentos ni pruebas que permitan a esta Dirección General verificar lo solicitado. 2) RECHAZAR sus conclusiones respecto a la causal de incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN-2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019-nCov), toda vez que si bien es cierto fue constatado el incumplimiento, a partir de lo argumentado por las partes, no ha sido demostrado de manera fehaciente que la causa le sea atribuible al proveedor. TERCERO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, al Servicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social Productos Medicinales, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.

  • Resolución RIC-6-2021Solicitud de inhabilitación a pedido de parte

    Emitida el 11 ene de 2021 · Servicio Nacional de Salud

    Inhabilita al proveedor (temporal, 1 año)Da la razón al reclamanteRechaza el reclamo

    Ordenar la inhabilitación por período de un (1) año de la razón social F&G Office Solution, S.R.L., toda vez que, esta Dirección General ha podido constatar el incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN-2020-0007.

    Empresas: F & G Office Solution, SRL (sancionada)Brexman Dominicana, SRLCONCILIUM S AGuival Medical, SRLPM & ASOCIADOSProductos Medicinales, SRLy 1 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesto por el Servicio Nacional de Salud (SNS ), en contra de la razón social F&G Office Solution, S.R.L. , por: i) presunt a renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato , y ; ii) alegad o incumplimiento de las obligaciones contractuales , en el marco del P rocedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS - MAE - PEEN - 2020 - 0007 , llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPPs) para la red pública de hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019 - nCov)” ,por haber sido presentada de conformidad con las disp osiciones de la Ley Núm. 340 - 06 y sus modi ficaciones ,y su Reglamento de Aplicación Núm. 543 - 12. SEGUNDO: En cuanto al fondo de la solicitud de inhabilitación realizada por el Servicio Nacional de Salud contra la razón social F&G Office Solution, S.R.L . : 1) RECHAZAR sus conclusiones respecto a la presunt a renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato objeto del P rocedimiento de Excepción por Emergencia Naci onal Núm. SNS - MAE - PEEN - 2020 - 0007 , llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección pe rsonal (EPPs) para la red pública de hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019 - nCov)” , por no ser presentados argumentos ni pruebas que permitan a esta Dirección General verificar lo solicitado . 2) ACOGER sus conclusiones respecto al alegad o incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del P rocedimiento de Excepción por Emergencia Naci onal Núm. SNS - MAE - PEEN - 2020 - 0007 , llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPPs) para la red pública de hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019 - nCov)” , por causas atribuible s al proveedor , y en consecuencia, ORDENAR la inhabilitación por período de un (1) año su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 8407 , a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 4) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340 -06 y sus modificaciones y en el numeral 1) literal b) del artículo 28 del Reglamento Núm. 543 - 12. PÁRRAFO I: La inhabilitación por un (1) año de la razón social F&G Office Solution, S.R.L. , no interrumpe y tampoco produce efectos sobre las oblig aciones contraídas previo a la emisión del presente acto administrativo. Por tanto, la inhabilitación no podrá afectar procesos de pago pendientes a estos proveedores o por cualquier otra institución pública con la que éste tenga adjudicaciones y contratos en ejecución, acordados previo a la inhabilitación. PÁRRAFO II: La razón social F&G Office Solution, S.R.L. , debe responder los compromisos asumidos ante cualquier institución pública , respecto a las adjudicaciones y contratos sobre los que haya podido resultar favorecidos previo a la inhabilitación, teniendo a cargo la obligación de responder en los términos ofertados y acordados, tal como exige el citado numeral 3) del artículo 32 de la Ley Núm. 340 - 06 y sus modificaciones. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, la sanción a la razón social F&G Office Solution, S.R.L. , con el Registro de Proveedor d el Estado (RPE) Núm. 8407 , e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma temporal , conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340 -06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la razón social F&G Office Solution, S.R.L. no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340 - 06 y sus modificaciones, por periodo de un (1) año, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso , es decir, a l Servicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social F&G Office Solution, S.R.L. , para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO : REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República , para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.

  • Resolución RIC-3-2021Solicitud de inhabilitación a pedido de parte

    Emitida el 11 ene de 2021 · Servicio Nacional de Salud

    Inhabilita al proveedor (temporal, 1 año)Da la razón al reclamanteRechaza el reclamo

    Ordenar la inhabilitación por un período de un (1) año de la razón social Guival Medical, S.R.L., toda vez que, esta Dirección General ha podido constatar el incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN-2020-0007

    Empresas: Guival Medical, SRL (sancionada)Brexman Dominicana, SRLCONCILIUM S AF & G Office Solution, SRLPM & ASOCIADOSProductos Medicinales, SRLy 1 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estados interpuesto por el Servicio Nacional de Salud (SNS), en contra de la razón social Guival Medical, S.R.L., por: i) presunta renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato; y, ii) alegado incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN- 2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019- nCov)”, por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. SEGUNDO: en cuanto al fondo de la solicitud de inhabilitación realizada por el Servicio Nacional de Salud contra la razón social Guival Medical, S.R.L.: 1) RECHAZAR sus conclusiones respecto a la presunta renuncia sin causa justificada a la adjudicación del contrato objeto del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN-2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019-nCov)”, por no ser presentados argumentos ni pruebas que permitan a esta Dirección General verificar lo solicitado. 2) ACOGER sus conclusiones respecto al alegado incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en el marco del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. SNS-MAE-PEEN-2020-0007, llevado a cabo para la “adquisición de equipos de protección personal (EPP) para la Red Pública de Hospitales para la preparación, prevención y respuesta al Coronavirus (2019-nCov)”, por causas atribuibles al proveedor, y en consecuencia, ORDENAR la inhabilitación por período de un (1) año su Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 61406, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, por haber cometido la infracción tipificada y sancionada en el numeral 4) del párrafo III del artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y en el numeral 1) literal b) del artículo 28 del Reglamento Núm. 543-12. PÁRRAFO I: La inhabilitación por un (1) año de la razón social Guival Medical, S.R.L., no interrumpe y tampoco produce efectos sobre las obligaciones contraídas previo a la emisión del presente acto administrativo. Por tanto, la inhabilitación no podrá afectar procesos de pago pendientes a estos proveedores o por cualquier otra institución pública con la que éste tenga adjudicaciones y contratos en ejecución, acordados previo a la inhabilitación. PÁRRAFO II: La razón social Guival Medical, S.R.L., debe responder los compromisos asumidos ante cualquier institución pública, respecto a las adjudicaciones y contratos sobre los que haya podido resultar favorecidos previo a la inhabilitación, teniendo a cargo la obligación de responder en los términos ofertados y acordados, tal como exige el citado numeral 3) del artículo 32 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector, la sanción a la razón social Guival Medical, S.R.L., con el Registro de Proveedor del Estado (RPE) Núm. 61406, e incluirla en el registro especial de proveedores inhabilitados en forma temporal, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: DECLARAR que la razón social Guival Medical, S.R.L. no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, por periodo de un (1) año, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Portal Transaccional administrado por este Órgano Rector. QUINTO: REMITIR formalmente esta Resolución a las partes envueltas en el presente caso, es decir, al Servicio Nacional de Salud (SNS) y a la razón social Guival Medical, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.

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    Proveedor desde 7 jul de 2008
    RD$284,720,000
    17 jun de 2020
    Adjudicado
    Suplitodo Tintor, SRLProveedor desde 14 jul de 2015RD$173,600,00022 abr de 2020Descalificada
    Dronena, SAProveedor desde 2 jun de 2011RD$150,000,00021 abr de 2020Calificada
    Brexman Dominicana, SRLProveedor desde 24 dic de 2013RD$112,020,00017 jun de 2020Adjudicado
    Umbrella Tech, SRLProveedor desde 30 jun de 2017RD$104,500,000——
    Support Solutions Nuguer, SRLProveedor desde 18 nov de 2015RD$74,323,87522 abr de 2020Calificada
    Hospifar, SRLProveedor desde 29 nov de 2005RD$59,315,00022 abr de 2020Calificada
    Grasshopper Corporation, SRLProveedor desde 5 sept de 2019RD$36,500,00021 abr de 2020Calificada
    Tecnoelite, SRLProveedor desde 11 nov de 2010RD$30,000,00021 abr de 2020Calificada
    ECOFAUNA PEST CONTROL, SRLProveedor desde 22 jul de 2013RD$25,800,00022 abr de 2020Adjudicado
    Gueco Farmaceutical, SRLProveedor desde 29 ago de 2019RD$25,500,000——
    Pohut Comercial, SRLProveedor desde 28 ene de 2013RD$25,000,00021 abr de 2020Descalificada
    Ransa, SRLProveedor desde 28 ago de 2017RD$24,060,00022 abr de 2020Descalificada
    Distribuidora Hued, SRLProveedor desde 12 dic de 2018RD$22,500,00022 abr de 2020Calificada
    SBS, Suplidores de Bienes y Servicios, SRLProveedor desde 18 dic de 2014RD$21,875,00022 abr de 2020Calificada
    Sistemas & Tecnología, SRLProveedor desde 22 may de 2007RD$18,920,00021 abr de 2020Calificada
    Dos-García, SRLProveedor desde 10 may de 2010RD$14,500,00022 abr de 2020Descalificada
    Brexman Dominicana, SRLProveedor desde 24 dic de 2013RD$5,088,97522 abr de 2020Adjudicado
    Grupo Farmacéutico Car-M, SRL (GRUFACARM)Proveedor desde 4 may de 2012RD$4,813,00021 abr de 2020Calificada