Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · MONTECRISTI
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| CONTRATACIÓN PARA TRABAJOS DE OBRAS VIALES Y HORMIGON ASFALTICO CALIENTE, A NIVEL NACIONAL | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$200 millones | 11 dic de 2023 | Activo |
| CONTRATACIÓN PARA TRABAJOS DE OBRAS VIALES Y HORMIGON ASFALTICO CALIENTE, A NIVEL NACIONAL | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$215 millones | 3 nov de 2022 | Activo |
| Contratación Suministro de Hormigón Asfaltico Caliente (HAC) Para ser utilizado por el MOPC. | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$300 millones | 9 jul de 2019 | Activo |
| Contratación Suministro de Hormigón Asfaltico Caliente (HAC) Para ser utilizado por el MOPC. | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones | RD$300 millones | 24 may de 2019 | Cancelado |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza el medio de inadmisión planteado por el MOPC debido a que, contrario a lo alegado, la solicitud de medida cautelar concluye solicitando la suspensión de etapas del procedimiento de contratación hasta tanto se dé respuesta a su impugnación, por tanto, la naturaleza de la acción es netamente cautelar. Se acogió en cuanto a la forma, la presente solicitud de medida cautelar presentada por la recurrente. En…
Proceso: MOPC-CCC-LPN-2021-0004 (CONTRATACIÓN PARA TRABAJOS DE OBRAS VIALES Y HORMIGÓN ASFÁLTICO…)
Empresas: Constructora Mansan,SRL (presentó la acción)Asfalto del Norte, SRLConstructora Abrego, SRLConstructora Integrada, SASConstructora Mar, S.R.L.Globisa Ingeniera e Inversiones S.R.L.y 1 más
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) relativo a que la pretensión de la solicitud de medida cautelar corresponde a una acción de fondo, toda vez que, contrario lo argumentado por la institución contratante, se observa que las conclusiones vertidas por la razón social Constructora Mansan, S.R.L., versan sobre la suspensión del procedimiento, por tanto, se constata su naturaleza precautoria. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Mansan, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo de la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora Mansan, S.R.L., tendente a suspender los efectos del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. MOPC-CCC-LPN-2021-0004, llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) para la “Contratación para trabajos de obras viales y hormigón asfaltico caliente a nivel nacional”, Zona E, Lotes Núms. E1, E2, E3, E4, E5, E6 y E7, en particular, la suscripción, registro y ejecución de los contratos, hasta tanto se dé respuesta a su recurso de impugnación, toda vez que, no se han contratado lo elementos para su adopción, pues no ha sido demostrado el peligro en la demora “Periculum in mora”, no se verifica preliminarmente una apariencia de buen derecho “Fumus Boni Iuris” porque los alegatos requieren de un análisis que escapa de la tutela cautelar, y la ausencia de los dos primeros elementos convierte en innecesaria la ponderación del daño que ocasionaría al interés general el no suspender la contratación de los lotes recurridos, o que en forma contraria, se garantizaría en caso de si hacerlo. GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GE ERA DE CO TRA T CIO E P , B ICA Direccillf1 Gc,,w,,l!L C.,.,tnitaoones Publico,; CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y las razones sociales: i) Constructora Integrada, S.A.S.; ii) Asfalto del Norte, S.R.L.; iii) Globisa Ingeniera e Inversiones S.R.L.; iv) Malespin Constructora, S.R.L.; v) Constructora Mar, S.R.L., vi) Constructora Abrego, S.R.L., y; vii) Constructora LAS, S.R.L., en su calidad de adjudicatarias de los lotes en los que participó la recurrente, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas: en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona