Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| ADQUISICION DE MATERIALES Y ACCESORIOS ELECTRICOS. PRIMERA CONVOCATORIA | Empresa de Distribución Eléctrica del Norte | RD$21 millones | 19 may de 2025 | Activo |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Esta Dirección General acoge en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Artiex, S.R.L., al haber sido interpuesta conforme a las formalidades exigidas por la normativa vigente. Sin embargo, en cuanto al fondo, decide rechazarla, por no haber quedado demostrados los presupuestos necesarios para su procedencia, tales como la apariencia de buen derecho y el peligro inminente en…
Procesos: EDENORTE-CCC-LPN-2024-0018 (ADQUISICION DE MATERIALES Y ACCESORIOS ELECTRICOS. PRIMERA…)EDENORTE-CCC-LPN-2024-10018
Empresas: Artiex, SRL (presentó la acción)Armada Led, SRLComité de Compras de EDENORTE Dominicana, S.ADTE Dominican Tools & Equipments, SRLElectroval, SRLEngimat, SRLy 5 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Artiex, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Artiex, S.R.L., tendente a suspender los efectos de la Resolución Núm. RES-CC-067- 2025 emitida por el Comité de Compras de EDENORTE Dominicana, S.A, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. EDENORTE-CCC-LPN-2024-10018, llevado para la “Adquisición de materiales y accesorios eléctricos. Primera Convocatoria” hasta tanto se dé respuesta a su recurso jerárquico, toda vez que no se ha podido comprobar el peligro inminente en esperar una decisión de fondo, así como tampoco, la apariencia de buen derecho, por ser cuestiones que requieren de un análisis que escapa la tutela cautelar. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso: i) la razón social Artiex, S.R.L., ii) a EDENORTE Dominicana, S.A., y iii) a los oferentes: Armada Led, S.R.L.; DTE Dominican Tools & Equipments, S.R.L.; Electroval, S.R.L.; Engimat, S.R.L.; Ingeniería Rugusa, S.R.L.; Maet Innovation Team, S.R.L.; Orbital Electric, S.R.L.; Santana Germán Supply Battery Solar, S.R.L., y Zycom Solutions, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Empresas: Green Cables And System y Empresa Doble (presentó la acción)Electrocable International, S.R.L. (adjudicataria del proceso)1) Empresa Doble VíaCD Energy, SRLCofaxcomp, S.R.L.Electricidad Zapata ELECTRIZA, SRLy 18 más
PRIMERO: ACOGER como al efecto ACOGE en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por las razones sociales Green Cables And System y Empresa Doble Vía, por haber sido realizado de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR como al efecto RECHAZA las solicitudes de medida cautelar presentadas por las razones sociales Green Cables And System y Empresa Doble Vía tendente a suspender la Licitación bajo el procedimiento de Urgencia EDN-UR-03-2015 efectuada para la "Adquisición de Materiales Eléctricos y Equipos de Medición para Edenorte Doninicanas", convocado por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, a los fines de que con la suspensión EDENORTE "se abstenga de suscribir los contratos, iniciar acciones, obras o cualesquiera otras actuaciones que se deriven de la ejecución de dicha adjudicación" y/o se suspenda la ejecución de los contratos suscritos en fecha 4 de septiembre de 2015, toda vez que al momento de recibir las solicitudes de suspensión, los contratos ya habían sido suscritos y presumiblemente ejecutados en su mayoría, por ser de entrega inmediata. TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a. las razones sociales Green Cables And System y Empresa Doble Vía para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a las razones sociales adjudicatarias Electrocable International, S.R.L., Punto Market, SRL, [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do Transformadores Solomon, S.A.S., Representaciones Técnicas Latinoamericanas, S.R.L., Grupo Cobsol, S.R.L., Salco Elctric, S.R.L., Ranger Import & Export, S.R.L., Global Terra Soluciones, S.R.L., Zycom Solutions, S.R.L., Montán &Asociados, S.R.L., Electricidad Zapata (ELECTRIZA) S.R.L., Orbital Electric, S.R.L., CD Energy, S.R.L., Igmelec Dominicana, S.R.L., Ferreteria Ochoa, S.A., Nelansa, S.R.L., Tait Saica, S.R.L., Cofaxcomp, S.R.L., de la Licitación bajo el procedimiento de Urgencia EDN-UR-03-2015. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Recurso jerárquico interpuesto por la razón social Green Cable and System, SRL. contra la adjudicación del ítem No. 1006266 del procedimiento de Licitación Publica Nacional No. EDN-LPN-015-2013, llevado a cabo por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE) para la adquisición de módulos para paneles, sellos, aros y otros materiales y equipos, por haber sido interpuesto de conformidad con las…
Procesos: EDN-LPN-015-2013EDN-LPN-15-2013
Empresas: Green Cables and Systems, SRLGreen Cable, S.R.L.ZYCOM SOLUTIONS, SRL
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE en cuanto a la forma, el presente recurso jerárquico interpuesto la razón social Green Cable and System, S.R.L., contra la adjudicación del ítem No. 1006266 del Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. EDN-LPN-015-2013, llevado a cabo por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE) para la “adquisición de módulos para paneles, sellos, aros y otros materiales y equipos” , por haber sido interpuesto de conformidad con las disposiciones del artículo 67 numeral 1) de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico, RECHAZAR como al efecto RECHAZA, las conclusiones presentadas por la razón social Green Cable and System, S.R.L., en cuanto a declarar nula el acta del Comité de Compras para el ítem 10026266, por haber comprobado este Órgano Rector que la evaluación técnica de las ofertas de ese ítem fue realizada conforme a lo establecido en el pliego de condiciones. [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do TERCERO: En cuanto a la Licitación Pública Nacional No. EDN-LPN-015-2013, DECLARAR como al efecto DECLARA que EDENORTE inobservó las disposiciones establecidas en: i. El artículo 33 sobre apertura de ofertas, al aperturar de forma simultánea las ofertas técnicas y económicas; ii. El artículo 84 sobre presentación de ofertas al aperturar la oferta económica, sin haber previamente evaluado la técnica y; iii. El artículo 98 sobre evaluación de oferta económica, toda vez que no consta el informe de evaluación de los peritos evaluadores, artículos todos del Reglamento de Aplicación No. 543-12; PÁRRAFO: No obstante las inobservancias evidenciadas en el procedimiento y apelando al principio de razonabilidad y eficiencia que rige al sistema nacional de compras, se decide que éstas no se configuran como vicios graves que hayan afectado el resultado de la adjudicación, los objetivos de transparencia, competencia y protección efectiva del interés y del orden público que debe observar la materia de compras y contrataciones, que invaliden el procedimiento de selección llevado a cabo por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE). CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA el envío formal de la presente resolución al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines de lugar. [firma] www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la recurrente, Green Cable and System, S.R.L, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA el envío formal de la presente resolución a la razón social Zycom Solution, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.