El Acta núm. 173-2025, de 2025-06-03, declara desierta la licitación EDESUR-CCC-LPN-2024-0050. Cuatro oferentes fueron habilitados para presentar ofertas económicas en ítems determinados; el informe pericial indica que sus precios superaron los porcentajes permitidos respecto de los montos de referencia y recomienda actualizar estos mediante un estudio de mercado. El comité también registra que excluyó del proceso el ítem 1010706 y ordena una nueva convocatoria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra a Orbital Electric, SRL, con oferta de RD$19,205,124 y estado aprobada; el acta enumera diez oferentes y no incluye a la empresa en la lista de recibidas ni en la apertura económica. El estado del portal podría estar desactualizado, pero corresponde reconciliar ambos registros para aclarar su participación y evaluación.
“fueron recibidas las ofertas de los siguientes oferentes:”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta consigna que el comité desestimó el ítem 1010706 el 6 de mayo, después de recibidas las ofertas técnicas y antes de la apertura económica del 20 de mayo. La Ley establece que en la contratación de bienes no habrá modificación de las cantidades previstas; conviene revisar el expediente y cómo se comunicó el cambio a los participantes.
“el Comité de Compras y Contrataciones, mediante Acta Núm. 118-2025, de fecha seis (06) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), HABILITÓ a los oferentes ... así como también DESESTIMO el ítem -Unión De Empalme Bimetálico T/Mangui”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 31
ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El informe registra que no hubo propuestas para los ítems 1010478, 1014064, 1003358 y 1003357, pese a tratarse de una licitación pública con diez oferentes enumerados en el acta. Es un dato para revisar en una nueva convocatoria junto con la respuesta del mercado y las especificaciones de esos ítems.
“3 | | DETECTOR DE DERIVACIONES SOTERRADAS | monto referencia. Fuera del porcentaje permitido. No recibió propuesta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
El informe atribuye el desierto a que las ofertas habilitadas excedían los montos de referencia en 105.92% para el ítem 1003950, 705.71% para el 1015288 y 28.4% y 157.76% para el 1002944. Recomienda un estudio de mercado para actualizar los montos, por lo que conviene verificar la vigencia y sustento de esas referencias; el acta no detalla los precios de referencia por ítem.
“El precio ofertado por el oferente habilitado exceden un 105.92% del monto referencia. Fuera del porcentaje permitido. ... Los precios ofertados por los oferentes habilitados exceden un 28.4% y 157.76% del monto referencia. Fuera del porcen”
Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Oferentes que registra (11)
6 no habilitado · 5 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Armada Led, SRLEl acta indica que no presentó las especificaciones técnicas de los bienes ofertados según lo solicitado.
No habilitado
—
RD$0
CMVG Electric Import, SRLEl acta indica que no presentó las especificaciones técnicas de los bienes ofertados según lo solicitado.
No habilitado
—
RD$0
Corpemc, SRLNo cumplió las credenciales técnicas para ninguno de los ítems ofertados.
No habilitado
—
RD$11,665,036
Dutech Dominicana, SRLEl acta indica que no presentó las especificaciones técnicas de los bienes ofertados según lo solicitado.
ZYCOM SOLUTIONS, SRLEl acta indica que no presentó las especificaciones técnicas de los bienes ofertados según lo solicitado.
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Objeto de la contratación — ítem 1010706Eliminación del ítem Unión de Empalme Bimetálico T/Manguito AWG 6
El ítem 1010706 formaba parte de la adquisición convocada.
El comité registra que desestimó el ítem el 6 de mayo de 2025, tras un informe del área requirente que indicó que el inventario cubría la demanda prevista.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Orbital Electric, SRLEl portal registra la oferta como aprobada, pero el acta no la incluye entre las ofertas recibidas ni entre las abiertas económicamente.