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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

5. Pliego Condiciones Específicas Adq. Materiales Eléctricos Varios LPN-2024-0050 v27.12.2024.pdf

Adquisición de Cuchillas, Sensor de Flujo, Detector, Localizador de Fallas, Soporte de Cables, Hebillas y Unión de Empalme Bimetálica · Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur

Publicado el 29 dic de 202450 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDESUR-CCC-LPN-2024-0050

Lo que dice

El documento es el pliego de la Licitación Pública Nacional EDESUR-CCC-LPN-2024-0050 para adquirir ocho renglones de materiales eléctricos, con un valor referencial total de RD$30,245,304.80, ITBIS incluido. Establece evaluación de cumple/no cumple, adjudicación al menor precio entre las ofertas habilitadas y recepción de ofertas hasta el 18 de febrero de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Umbrales financieros iguales para ofertas de distinta magnitud

Documento del 29 dic 2024 · hace 1 año

Para oferentes no certificados como MIPYMES, el pliego exige ingresos operacionales mínimos de RD$20,000,000 y patrimonio neto mínimo de RD$5,000,000, aunque se permite ofertar solo un bien o una cantidad parcial. El requisito puede resultar desproporcionado para renglones de valor bajo y limitar la competencia; la opción de presentar una línea de crédito no elimina el umbral fijo si se opta por estados financieros.

“Ingresos por ventas/Servicio anuales, igual o mayor a RD$ 20,000,000.00 al cierre de los estados financieros auditados más recientes, no anterior al año 2021. Patrimonio Neto Mínimo: Patrimonio neto igual o mayor a RD$ 5,000,000.00 con cort”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia de participación simultánea

Documento del 29 dic 2024 · hace 1 año

El pliego impide que una persona física participe si también es socia de una persona jurídica, y restringe además la participación simultánea de empresas con socios o domicilio coincidentes. La prohibición general puede excluir ofertas por vínculos societarios o domicilios comunes sin que el texto condicione la exclusión a una verificación individual de afectación de la competencia.

“No se permitirá la múltiple participación, por lo que, una persona física no podrá participar en dicha calidad, si también fuese socio de una persona jurídica y viceversa. En ese sentido … no podrán participar simultáneamente personas”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

A revisarHallazgo en documentos

Comprobante de pago eléctrico como requisito financiero

Documento del 29 dic 2024 · hace 1 año

El pliego incluye entre los criterios financieros demostrar que el oferente está al día con el servicio eléctrico de EDESUR u otra distribuidora. Aunque contempla alternativas para quien no sea titular de la cuenta, no se aprecia una relación directa de este requisito con la capacidad para suministrar los bienes y podría excluir a oferentes por una condición ajena a sus obligaciones fiscales, sociales o a su solvencia contractual.

“Estar al día en el pago del servicio de energía eléctrica, suministrado por EDESUR u otra EDE, de acuerdo con el domicilio local del Oferente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de precio bajo formulado como rechazo automático

Documento del 29 dic 2024 · hace 1 año

El pliego establece que se rechazarán los renglones cuyo precio sea inferior en un 20% al presupuesto referencial, aunque también prevé pedir explicaciones y que los peritos determinen si la oferta es sustentable. Conviene verificar que el umbral opere como criterio para activar ese análisis y no como exclusión automática, pues el reglamento condiciona la descalificación a determinar que el precio no es sustentable.

“no se considerarán para adjudicación y, por tanto, serán rechazados los renglones/ítems de las Ofertas Económicas, cuyo valor propuesto sea inferior en un veinte por ciento (20%) al presupuesto base/referencial del/de los Bien(es) licitados”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Otros documentos del proceso (10)

  • Acta de inicio 311-2024.pdfActa · 29 dic de 2024 · 1 señal
  • Acta de inicio 311-2024.pdfPliego · 29 dic de 2024
  • Anexos.zipDocumento · 30 dic de 2024
  • 3. Solicitud Compra 27.11.2024.pdfSolicitud de compra · 30 dic de 2024 · 1 señal
  • Circular de respuesta a los participantes.pdfCircular · 6 feb de 2025
  • Circular Num. 01 Postergación.pdfCircular · 24 mar de 2025
  • Circular Núm. 02 Postergación.pdfCircular · 31 mar de 2025
  • Circular Núm. 03 Postergación.pdfCircular · 7 abr de 2025 · 1 señal
  • Circula de postergación Núm. 04. ocr.pdfCircular · 9 may de 2025
  • 173-2025 Acta declaratorio Descierto LPN-2024-0050.pdfActa · 17 jun de 2025 · 4 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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