Publicado el 18 mar de 2025Fechado el 6 feb de 202512 páginas
Este documento no aparece suelto en la página del proceso: está dentro del expediente que el portal entrega con el botón «Download Process», en la carpeta 7_Contratos/MIREX-2025-00041.
El informe, emitido el 7 de febrero de 2025, recomienda adjudicar los lotes I, II y V a Construcciones Dipen, SRL por RD$8,346,929.19 y los lotes III, IV y VI a Mariel Nieves Acevedo Aracena por RD$3,685,987.51; el total recomendado es RD$12,032,916.70. Los peritos indican que los oferentes habilitados cumplieron los requisitos técnicos y recomiendan adjudicar con base en el menor precio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 nov de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En el lote I, Viasan-GA, Mariel Acevedo y Suzaña Mateo registran exactamente RD$2,657,384.80; en el lote V, Viasan-GA, Vornamar y Suzaña Mateo registran exactamente RD$4,212,003.18. La repetición de importes exactos entre oferentes distintos es un patrón que conviene contrastar con las ofertas originales y sus análisis de costos, sin que por sí solo pruebe coordinación.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Leteja, SRLLos anexos indican que presentó flujogramas de ejecución mensual cuando se requería ejecución semanal; aparece como no conforme en los lotes II, III, IV, V y VI.
Descalificado
Lotes II, III, IV, V y VI
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Mariel Nieves Acevedo AracenaRecomendada para adjudicación por ser la oferta de menor precio que cumple, en los lotes III, IV y VI.
Adjudicado
Lotes III, IV y VI
RD$3,685,988
Construcciones Dipen, SRLRecomendada para adjudicación por ser la oferta de menor precio que cumple, en los lotes I, II y V.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
· hace 1 año
El informe fija que el monto debía quedar dentro de ±10% de la oferta publicada, pero recomienda adjudicar los lotes I y II a precios aproximadamente 28.3% y 21.3% inferiores a sus estimados del portal, respectivamente. El criterio ya había sido señalado por su referencia ambigua; aquí el hecho nuevo es su aplicación a las ofertas recomendadas.
“Que el monto presentado este más o menos dentro del rango del 10% de la oferta publicada. … ADJUDICAR al Oferente CONSTRUCCIONES DIPEN, SRL, el Lote I, sobre DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS por un monto de dos millones ciento diecisiete mil…” (págs. 3-6, escaneada)
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El cuadro consolidado y la recomendación atribuyen a Dipen RD$3,669,640.54 para el lote V, mientras que el anexo económico identifica a Dipen como adjudicatario del lote y consigna RD$4,609,004.34. La diferencia merece cotejarse con la oferta económica original y el acta de adjudicación; el contexto del expediente registra una adjudicación total a Dipen compatible con el monto menor del cuadro consolidado.
“CONSTRUCCIONES DIPEN, SRL | RD$ 3,669,640,54 … CUMPLE, Valor de su oferta RD$ 4,609,004.34” (págs. 5-11, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Figura en los reportes de lugares de los lotes I, II y V.
Suplente
Lotes I, II y V
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Constructora Tradeco Ingeniería, SRLFigura en séptimo lugar en el reporte del lote I; el anexo la describe como recomendada para adjudicación, sin que el informe consolidado la recomiende.