El pliego enmendado establece las condiciones de la licitación pública nacional para contratar, por hasta 24 meses, la supervisión del Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras, con presupuesto referencial de RD$140,000,000.00. Fija la recepción de ofertas para el 20 de noviembre de 2024 y contiene reglas sobre evaluación técnica y económica, adjudicación, garantías y pagos. En el apartado sobre anticipo aparecen formulaciones contradictorias respecto de si corresponde a todos los adjudicatarios o solo a las MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se deja de evaluar la documentación financiera de los demás integrantes del consorcio, reduciendo la verificación de la solvencia del conjunto..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Un apartado parece atribuir el anticipo del 20% al adjudicatario en general y añade otro 20% para MIPYMES; otro afirma que el anticipo solo aplica a MIPYMES. La ambigüedad puede afectar la preparación y comparación de las ofertas y las condiciones de pago esperadas.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 10.Condiciones de pago y retenciones, que asciende a 20% y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYME, ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Evaluación financiera de consorciosDocumentación financiera evaluable
Según el resumen de la enmienda, el criterio previo no limitaba la evaluación financiera a la empresa líder.
Se consideran los estados financieros de la empresa líder del consorcio, que debe tener una participación mínima del 50%.
RelajaQuita un control: Se deja de evaluar la documentación financiera de los demás integrantes del consorcio, reduciendo la verificación de la solvencia del conjunto.
Oferta económica / porcentaje de fiscalizaciónRango porcentual permitido
El resumen de la enmienda indica que el pliego anterior establecía un rango de 0.75% a 1.5% para el porcentaje de fiscalización.
El pliego enmendado no fija un rango porcentual sustituto para la fiscalización.
Relaja
Anticipo y condiciones de pagoElegibilidad para recibir anticipo
Según el resumen de la enmienda, el anticipo del 20% no estaba limitado a las MIPYMES.
El pliego enmendado indica que el anticipo del 20% solo aplica a MIPYMES, aunque otro apartado contiene una formulación ambigua.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona