La Resolución núm. MIVHED/CCC/2024/223, del 6 de noviembre de 2024, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego de la licitación para supervisar el proyecto del Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras. Entre otros cambios, elimina el rango de 0.75% a 1.5% para el porcentaje de fiscalización, limita el anticipo del 20% a las MIPYMES y establece que, en consorcios, se evaluarán los estados financieros de la empresa líder con una participación mínima del 50%. El documento consigna un presupuesto de referencia de RD$140,000,000 y una apropiación presupuestaria de RD$28,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Elimina el rango que acotaba y permitía verificar el porcentaje de fiscalización incluido en la oferta..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
11.2.1 Documentos de la oferta económica “Sobre B”Porcentaje de fiscalización y valor de la oferta
Se exigía presentar oferta por el valor total del lote e indicar un porcentaje de fiscalización entre 0.75% y 1.5% del valor del contrato.
Se elimina la nota que exigía ofertar el valor total del lote e indicar el porcentaje de fiscalización dentro del rango de 0.75% a 1.5%.
RelajaQuita un control: Elimina el rango que acotaba y permitía verificar el porcentaje de fiscalización incluido en la oferta.
12.1.2 Metodología y criterios de evaluación para la documentación financieraEvaluación financiera de consorcios
No se indicaba en este criterio que, para consorcios, la evaluación se limitaría a los estados financieros de la empresa líder.
En consorcios o asociaciones accidentales se consideran los estados financieros de la empresa líder, que debe tener una participación mínima del 50%.
RelajaQuita un control: La evaluación financiera se concentra en la empresa líder y no considera bajo este criterio los estados financieros de los demás integrantes.
11. Condiciones de pago y retencionesElegibilidad para recibir anticipo
Se contemplaba un anticipo del 20% del valor del contrato sin limitarlo expresamente a las MIPYMES.
El anticipo del 20% se limita expresamente a las MIPYMES.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona