El documento es la Enmienda 3 del pliego de la licitación MIDEREC-CCC-LPN-2026-0005, reservada a MIPYMES, para 21 lotes de obras con presupuesto base total de RD$735,528,357.47. La convocatoria figura en el portal con fecha 2026-07-07. El texto contiene disposiciones de pago que fijan un anticipo del 30%, pero también menciona un avance del 20% para iniciar los trabajos y condiciona las cubicaciones parciales a superar el 80% del monto del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (5 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El compromiso de inicio de los trabajos se refiere al pago de un avance del 20%, mientras que otras cláusulas fijan el anticipo MIPYME en 30%. La discordancia deja incierto el porcentaje que activa la obligación de iniciar y debe contrastarse con el contrato y la regla legal del anticipo a MIPYMES.
“Declaración jurada donde se comprometa a iniciar los trabajos de Construcción todos los centros que componen el lote a partir del registro del contrato ante la Contraloría General de la República y el PAGO DEL 30% AVANCE, de conformidad al ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego condiciona los pagos parciales a que las cubicaciones sean superiores al 80% del monto contractual y añade que la primera cubicación debe alcanzar al menos el 80% del anticipo. El umbral puede demorar el flujo de pagos durante la ejecución; la condición concreta merece revisión frente al esquema de pagos y a la ejecución por cubicaciones.
“La suma restante será pagada en pagos parciales a el contratista, mediante cubicaciones periódicas por las partidas ejecutadas y certificadas por el supervisor o responsable del contrato que deben corresponderse con el Cronograma de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona