Publicado el 4 ago de 2026Fechado el 3 ago de 20263 páginasEn el mensaje «Solicitud de aclaraciones al Pliego de Condiciones Específicas — Ref. INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0008»
El documento, fechado el 4 de agosto de 2026, presenta 13 solicitudes de aclaración al pliego de la licitación INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0008, dentro del período de consultas que el propio escrito indica abierto hasta el 10 de agosto. Pregunta, entre otros aspectos, por el alcance operativo y tecnológico, la población objetivo y la forma de acreditar experiencia. No contiene respuestas del Comité ni modifica el pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El solicitante pide aclarar quién aportará equipos, licencias, plataforma virtual y participantes, y cuál será la logística presencial. Son consultas, no hechos decididos; las respuestas podrían incidir en cómo los oferentes dimensionan y comparan sus costos.
“¿los equipos tecnológicos (dispositivos, laboratorios y recursos para IA, IoT y tecnologías emergentes) deberán ser provistos por la institución formadora en cada sede? ¿Existe un listado de herramientas de inteligencia artificial autorizad” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El solicitante señala que una ficha identifica como población a directores y equipos de gestión, mientras otras referencias se dirigen a docentes. El escrito no resuelve cuál descripción rige; conviene verificar la definición aplicable porque delimita quién recibirá el servicio y puede afectar la preparación de las ofertas.
“La segunda ficha técnica del numeral 3.1 indica como población objetivo “Directores de centros educativos, distritales, regionales y equipo de gestión de centros”, mientras que el objeto del proceso, la ficha inicial, la meta de participant” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona