Rectificación económica posterior a contratos registrados
· hace 3 meses
El acta aprueba el 7 de julio un informe rectificativo fechado el 29 de junio y ordena continuar la instrucción del procedimiento, mientras el portal registra 15 contratos activos confirmados el 12 de junio por un total de RD$5,200,000,000. La secuencia amerita verificar qué evaluación y acto de adjudicación sustentaron esos contratos antes de la rectificación.
“SEGUNDO: ORDENA a la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas a notificar a los oferentes participantes y a continuar con la instrucción del Procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional conforme la normativa y el Manual de Procedim”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 125 · Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →