Publicado el 1 jul de 2026Fechado el 28 jun de 2026110 páginasEn el mensaje «Notificación de ACTA ADMINISTRATIVA NÚM. CC-2026-0219 DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA»
El Acta Administrativa núm. CC-2026-0219, fechada el 29 de junio de 2026, adjudica los diez lotes del procedimiento INAIPI-CCC-CP-2026-0006 por un tope de RD$20,000,000 por lote y RD$200,000,000 en total. Reparte los lotes entre cinco adjudicatarios y dispone que la liquidación se hará según las cantidades efectivamente ejecutadas y los precios unitarios ofertados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las tablas incorporadas a la adjudicación muestran diferencias muy amplias entre adjudicatarios para una misma partida y unidad: el accesorio de inodoro con válvula figura a RD$237.41 en la oferta de Yeybi Hernández y a RD$4,392.70 en la de Reconcivil. Como el acta establece que esos precios unitarios sirven de base para liquidar lo efectivamente ejecutado, conviene verificar la comparabilidad, la transcripción y la razonabilidad de esos precios; las cantidades ejecutadas determinarán su efecto económico.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 117 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Castreal, SRLNo figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; en la evaluación técnica previa se consignaron índices de solvencia y liquidez por debajo de los límites, además de faltantes documentales.
No habilitado
Lotes 1 al 7
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CONSTRUCTORA INVENTOR, SRLNo figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; la evaluación técnica previa indica que no respondió a la solicitud de subsanación y que faltó documentación.
No habilitado
Lotes 1 al 10
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Axispro Construction, SRLNo figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; la evaluación técnica previa indica que no respondió a la solicitud de subsanación.
No habilitado
Lotes 1 al 10
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Constructora Cadet, SRLNo figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; la evaluación técnica previa indica que no respondió a la solicitud de subsanación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Lotes 1 al 7
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DWG Estudio, SRLNo figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; la evaluación técnica previa registra faltantes documentales y 5 puntos.
No habilitado
Lotes 1 al 7
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Progescon, SRLNo figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; la evaluación técnica previa registra oferta técnica insuficiente, dirección fuera de la zona y falta de documentos de equipos.