El Acta Administrativa núm. CC-2026-0219, de fecha 2026-06-29, adjudica los diez lotes del procedimiento INAIPI-CCC-CP-2026-0006, con un tope de RD$20,000,000 por lote y RD$200,000,000 en total. Distribuye los lotes I, V y IX a Reconcivil; II y VI a Gregory Ricardo Pérez Guzmán; III y VII a Yeybi Gamalier Hernández Ramírez; IV a Hairon Eliardo Puello Trinidad; y VIII y X a Solad, SRL. El acta establece que los pagos se calcularán por precios unitarios y volumetría ejecutada, hasta alcanzar el tope contractual de cada lote.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fija un tope de RD$20,000,000 para el lote I, mientras el cuadro de precios unitarios de Reconcivil consigna un total general de RD$5,265,629.76, aproximadamente 3.8 veces menor. Aunque el acta explica que se pagará por volumetría ejecutada hasta alcanzar el tope, conviene comprobar que las cantidades estimadas y el mecanismo de medición respaldan ese límite y que no se rebasen las prestaciones costeadas.
“el monto adjudicado de RD$20,000,000.00 por lote constituye un monto tope contractual, liquidable conforme a la volumetría efectivamente ejecutada y a los precios unitarios ofertados y evaluados hasta agotar dicho monto: … TOTAL GENERAL | R”
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta identifica los lotes VIII y X como reservados a «MIPYMES MUJER» y los adjudica a Solad, SRL. La información registral aportada solo reporta su condición MIPYME, no si estaba dirigida por mujeres en la fecha de la oferta; el dato no permite concluir que no cumpliera, pero procede verificar la certificación exigible.
“LOTE 8 - REMOZAMIENTO CENTROS CAIPI Y CAFI DE LA ZONA ESTE MIPYMES MUJER | Solad, SRL | RD$20,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 222 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 222 — Reservas de contrataciones a MIPYMES
Artículo 222.- Reservas de contrataciones a MIPYMES. En adición a las establecidas en la Ley núm. 47-25, se aplican las siguientes reglas a los procedimientos de contratación reservados a proveedores que tengan la condición de MIPYMES o de MIPYMES dirigidas por mujeres: 1. El valor estimado del objeto contractual debe encontrarse dentro de rangos que, según el análisis correspondiente, sean típicamente accesibles para MIPYMES, considerando variables como la capacidad financiera promedio, los niveles de facturación según clasificaciones oficiales y el número de proveedores inscritos. 2. Pueden reservarse contratos destinados a satisfacer necesidades recurrentes en distritos municipales o…
Gregory Ricardo Pérez GuzmánAdjudicatario de los lotes II y VI; el acta indica que su propuesta fue la más conveniente conforme a los criterios y a la regla de asignación por lotes.
Adjudicado
Lotes II y VI
RD$40,000,000
Yeybi Gamalier Hernández RamírezAdjudicatario de los lotes III y VII; el acta indica que su propuesta fue la más conveniente conforme a los criterios y a la regla de asignación por lotes.
Adjudicado
Lotes III y VII
RD$40,000,000
Hairon Eliardo Puello TrinidadAdjudicatario del lote IV; el acta indica que su propuesta fue la más conveniente conforme a los criterios y a la regla de asignación por lotes.
Adjudicado
Lote IV
RD$20,000,000
Solad, SRLAdjudicataria de los lotes VIII y X; el acta indica que su propuesta fue la más conveniente conforme a los criterios y a la regla de asignación por lotes.
Adjudicado
Lotes VIII y X
RD$40,000,000
Castreal, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas; el motivo específico no se consigna en esta acta.
No habilitado
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Constructora Inventor, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas; el motivo específico no se consigna en esta acta.
No habilitado
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Axispro Construction, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas; el motivo específico no se consigna en esta acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Constructora Cadet, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas; el motivo específico no se consigna en esta acta.
DWG Estudio, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas; el motivo específico no se consigna en esta acta.
No habilitado
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Progescon, SRLPresentó oferta técnica, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas; el motivo específico no se consigna en esta acta.