La Enmienda No. 2 modifica el pliego de la licitación para adquirir 200 autobuses en dos lotes, convocada el 25 de mayo de 2026 y con valor referencial de RD$1,999,960,703.68. Entre otros cambios, desplaza la entrega de los números de chasis hasta después de la adjudicación, reduce de dos flotas integradas a una la experiencia requerida y ajusta especificaciones, centros de servicio, ponderación económica y vigencia de la garantía. También aclara que el 20% del valor referencial se destina al anticipo en el año fiscal en curso y el 80% restante se distribuiría en 2027; el documento no indica su fecha de emisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La identificación verificable de las unidades se traslada de la oferta a un momento posterior a la adjudicación.; Reduce a la mitad la experiencia mínima en suministro de flotas integradas exigida para acreditar capacidad.; La enmienda declara que no se requiere contar al convocar con fondos por la totalidad del valor contractual..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda mantiene que el anticipo para MIPYMES «podrá ser de hasta» 30%, mientras la Ley 47-25 dispone que las instituciones deben otorgar un anticipo del 30% en todas las contrataciones con MIPYMES. Conviene verificar cómo se aplicaría esta cláusula si la adjudicación recae en una MIPYME.
“En el caso de oferentes que cuenten con certificación MIPYMES, dicho anticipo podrá ser de hasta un treinta por ciento (30%) del monto total adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 174 de la Ley núm. 47-25.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La Antillana Comercial, SAEl portal registra su oferta como «Aprobada»; esta enmienda no consigna resultado de evaluación ni adjudicación.
Mencionado
—
RD$2,134,295,072
Cambios que introduce (10)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.1.2, literal g) — disponibilidad de los autobusesMomento y forma de verificar los números de chasis
Se exigía carta compromiso de disponibilidad con listado de chasis o equivalente, no subsanable.
Se exige una carta del fabricante, apostillada y traducida, que garantice la disponibilidad; los números de chasis se entregan dentro de 15 días francos desde la notificación de adjudicación.
RelajaQuita un control: La identificación verificable de las unidades se traslada de la oferta a un momento posterior a la adjudicación.
4.1, Lote 1 — transmisiónMarcas admitidas para la transmisión
Transmisión ZF automática de seis velocidades más reversa.
Transmisión ZF y Allison automática de seis velocidades más reversa.
Relaja
4.1.2, Lote 2 — longitud y accesoriosLongitud máxima y ventanas del techo
Longitud máxima de 9 metros y una ventana de techo sin ventilador.
Longitud máxima de 9.5 metros; se especifican dos ventanas de techo y dos trampillas adicionales con ventiladores.
Neutral
Anexo IV, numeral 2.2 — experiencia en flotas homogéneasCantidad de flotas integradas exigidas
Acreditar al menos dos flotas de más de 50 unidades operando integradas en un sistema BRT o troncal.
Acreditar al menos una flota de más de 50 unidades operando integrada en un sistema BRT o troncal.
RelajaQuita un control: Reduce a la mitad la experiencia mínima en suministro de flotas integradas exigida para acreditar capacidad.
Sección III, numeral 12 — condiciones de pagoDistribución del pago entre ejercicios fiscales
Se preveían anticipo de hasta 20% para oferentes no MIPYMES, 60% contra embarque y 20% contra entrega final, sin esta distribución fiscal expresa.
Se aclara que el 20% del valor referencial disponible se destina al anticipo en el ejercicio actual y el 80% restante se distribuye en 2027; afirma que no se requiere la totalidad de los fondos al convocar.
AclaraQuita un control: La enmienda declara que no se requiere contar al convocar con fondos por la totalidad del valor contractual.
11.1.2, literal e) — centros de servicioTitularidad y uso de talleres aliados
Se exigían tres centros nacionales, incluidos Santo Domingo y Santiago, con documentación de existencia y operatividad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Los centros deben ser propios, salvo uno que puede ser taller aliado homologado; para este se exige contrato vigente con el representante principal de la marca, además de la documentación indicada.
Endurece
Sección I, numeral 12.2.1 — evaluación económicaPuntaje máximo económico
La fórmula económica asignaba un máximo de 15 puntos.
La misma fórmula asigna un máximo de 20 puntos.
Neutral
Anexo 1-B y Anexo VEspecificaciones de autobuses de 60 pasajeros
El Anexo 1-B regía las especificaciones indicadas para el Lote 2.
Se actualiza el Anexo 1-B con el Anexo V, que debe considerarse conjuntamente con aquel para preparar y presentar ofertas.
Aclara
Enmienda No. 1, numeral 8 — garantía de fiel cumplimientoVigencia de la garantía
Vigencia hasta el 1 de junio de 2027 desde la notificación de la adjudicación.
Vigencia hasta el 1 de marzo de 2030 desde la notificación de la adjudicación.
Endurece
Especificaciones de los autobuses — accesoNúmero de escalones
El documento no reproduce una regla anterior sobre el número de escalones.
Se aclara que los autobuses deben contar con dos escalones de acceso, conforme a las dimensiones y especificaciones del Anexo 1-B del INTRANT.