La Enmienda No. 1 modifica el pliego de la licitación para autobuses OMSA: cambia el desempate, eleva del 10% al 20% la reducción mínima frente al valor referencial para admitir ofertas y vuelve subsanable la autorización del fabricante o distribuidor. También cambia el inicio del plazo de entrega, fija la vigencia de las ofertas hasta el 25 de septiembre de 2026 y establece el 1 de junio de 2027 como fecha límite para determinadas garantías y obligaciones de garantía y mantenimiento. El documento no indica fecha de emisión ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control de que la autorización del fabricante o distribuidor esté acreditada al presentar la oferta técnica.; Se elimina del texto el plazo para presentar la garantía, que permitía verificar su constitución antes de formalizar el contrato.; Se fija una fecha límite para obligaciones de garantía y mantenimiento que antes se remitían a los períodos establecidos en el pliego; la misma enmienda mantiene una garantía mínima de tres años o 180,000 kilómetros..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda cambia la condición para admitir ofertas por lote de estar 10% a estar 20% por debajo del valor referencial. Aplicada literalmente, la nueva regla excluye ofertas que no alcancen esa reducción y merece revisión por su efecto en la concurrencia; el documento no aporta una justificación técnica para el cambio.
“El valor referencial será el monto tope de la oferta y sólo serán admitidas propuestas económicas que estén un 20% por debajo del valor de referencial de cada lote.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
12.3.3 del pliego y punto 8Criterios y procedimiento de desempate
Primero se consideraban el mayor puntaje técnico, las mejores condiciones de garantía y mantenimiento y la disponibilidad inmediata; luego se sorteaba. El punto 8 preveía directamente un sorteo.
Se añade primero la preferencia a la oferta que incluya contratación de personas con discapacidad y se aplican sucesivamente los criterios del numeral 12.3.3 antes del sorteo público.
Aclara
12.2 del pliegoUmbral económico para admitir ofertas por lote
Solo se admitían propuestas económicas que estuvieran un 10% por debajo del valor referencial de cada lote.
Solo se admiten propuestas económicas que estén un 20% por debajo del valor referencial de cada lote.
Endurece
11.1.2 y 11.1.1 del pliegoAutorización del fabricante o distribuidor
La certificación de autorización del fabricante o distribuidor autorizado figuraba como documentación técnica no subsanable.
Se elimina de la documentación técnica no subsanable y se incorpora como documento legal núm. 15, subsanable.
RelajaQuita un control: Se debilita el control de que la autorización del fabricante o distribuidor esté acreditada al presentar la oferta técnica.
Numeral 7 del pliegoInicio del plazo de entrega
El plazo de cero a 180 días calendario comenzaba con la notificación del acto de adjudicación.
El plazo de cero a 180 días calendario comienza con la formalización y certificación del contrato.
Relaja
12.2, literal C, del pliegoVigencia de las ofertas
Las ofertas debían mantenerse por 60 días hábiles desde la fecha del acto de apertura.
Las ofertas deben mantener su vigencia hasta el 25 de septiembre de 2026.
Relaja
Punto 10 de la página 41 del pliegoPresentación y vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
La garantía debía presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación.
El texto establece que debe mantenerse vigente hasta el 1 de junio de 2027 y ya no incluye el plazo de cinco días hábiles para presentarla.
RelajaQuita un control: Se elimina del texto el plazo para presentar la garantía, que permitía verificar su constitución antes de formalizar el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Sección III, punto 4, del pliegoVigencia de las obligaciones de garantía y mantenimiento
Las obligaciones de garantía de los bienes y de mantenimiento preventivo y correctivo seguían vigentes por los períodos establecidos en el pliego, aunque terminara el contrato principal.
Esas obligaciones permanecerán vigentes hasta el 1 de junio de 2027.
RelajaQuita un control: Se fija una fecha límite para obligaciones de garantía y mantenimiento que antes se remitían a los períodos establecidos en el pliego; la misma enmienda mantiene una garantía mínima de tres años o 180,000 kilómetros.