El Comité de Contrataciones Públicas del MINERD aprobó por unanimidad, el 15 de junio de 2026, la Enmienda I del proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0018. La enmienda sustituye la descripción y valorización de los nueve lotes, con un total estimado de RD$463,812,001.71, y modifica requisitos financieros y técnicos, presentación y evaluación de muestras, desempate y documentos estandarizados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control de verificación documental asociado, entre otros, al formulario de debida diligencia y conflicto de interés: su falta no impide evaluar ni rechazar la oferta..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda exige acreditar disponibilidad económica mediante instrumentos de débito o crédito y, además, una línea comercial de crédito por el mismo porcentaje del lote de mayor presupuesto. La acumulación de ambas pruebas merece revisión de proporcionalidad y de su relación con la capacidad necesaria para ejecutar cada lote.
“Presentar documentación que demuestre la disponibilidad económica, ya sea mediante la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro) o de crédito (líneas de crédito o crédito bancario), por una entidad ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 2 del pliego: descripción del bien y lotes 1–9Sustitución de descripción, cantidades y precios estimados
Descripción y valorización anteriores del pliego; el acta no reproduce el detalle previo.
Se reemplazan las tablas de los nueve lotes, con cantidades y precios unitarios estimados; total general consignado: RD$463,812,001.71.
Neutral
Numerales 9 y 9.1 del pliegoPresentación de ofertas en papel y por el SECP
Texto anterior de presentación, no reproducido en el acta.
Se precisan sobres, originales y copias para ofertas físicas; para ofertas electrónicas se separan los sobres y, ante discrepancia, prevalece el documento cargado firmado y sellado. Las muestras se entregan físicamente.
Aclara
Numeral 10.1, literal B; numeral 11.1.3Documentación y evaluación financiera
Requisitos anteriores del pliego, no reproducidos en el acta.
Se requieren estados financieros auditados e IR2 de dos períodos; disponibilidad económica de al menos 20% para grandes empresas o 10% para MIPYMES del presupuesto de referencia del lote más alto, y además certificación de línea comercial de crédito por el mismo porcentaje.
Neutral
Numeral 10.1, literal CDocumentación técnica y muestras
Requisitos técnicos anteriores del pliego, no reproducidos en el acta.
Se especifican fichas técnicas desarrolladas por el oferente, carta de garantía, muestras físicas no subsanables, certificación ISO 8124 para ítems aplicables y compromiso notarizado de entrega conforme al cronograma.
Aclara
Numerales 10.1.2 y 4 de evaluación de muestrasEntrega, evaluación y custodia de muestras
Reglas anteriores del pliego, no reproducidas en el acta.
Se exige formulario de entrega; la falta de muestra descalifica el renglón. La evaluación es cumple/no cumple, el incumplimiento de cualquier especificación descalifica el ítem y las muestras conformes se custodian para cotejarlas con lo entregado.
Aclara
Numeral 9, desempatePreferencia y sorteo en caso de empate
Criterio anterior del pliego, no reproducido en el acta.
Se da preferencia a la oferta con plan empresarial de protección ambiental; si ninguna lo presenta, se dispone selección al azar ante notario e interesados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Regla anterior del pliego, no reproducida en el acta.
Se indica que la falta de cualquiera de los documentos estandarizados enumerados no será motivo de rechazo ni obstáculo para evaluar la oferta; la lista incluye formularios de debida diligencia y conflicto de interés.
RelajaQuita un control: Se debilita el control de verificación documental asociado, entre otros, al formulario de debida diligencia y conflicto de interés: su falta no impide evaluar ni rechazar la oferta.