El Acto Administrativo núm. 047/2026, fechado el 20 de abril de 2026, aprueba el pliego, la licitación pública nacional y el inicio del proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0018, y designa a 12 peritos. El monto referencial aparece como RD$505,112,410.01 en cifras, pero como «quinientos cinco mil millones ciento doce mil cuatrocientos diez» en letras; el portal y la enmienda posterior consignan un estimado cercano a RD$463.8 millones.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto consigna RD$505,112,410.01 en cifras, pero el monto escrito en letras equivale a RD$505,000,112,410.01. La diferencia es sustancial y conviene verificar cuál cifra respaldó la aprobación presupuestaria; el estimado posterior de RD$463,812,001.71 corresponde a una modificación ulterior, pero no resuelve la discordancia interna del acto.
““el monto referencial de la contratación asciende a la suma de QUINIENTOS CINCO MIL MILLONES CIENTO DOCE MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS DOMINICANOS CON 01/100 (RD$505,112,410.01).””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
El acto designa a 12 peritos, mientras la Ley 47-25 establece que, salvo la excepción prevista para contratación menor, el total debe ser impar. Según el resumen del proceso, la integración se rectificó a 11 el 2 de junio de 2026, después de la convocatoria y antes del cierre de ofertas.
““APRUEBA la designación de los peritos correspondiente al proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, para”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona