Publicado el 9 jun de 2026Fechado el 7 jun de 202618 páginasEn el mensaje «Acta 0167-2026 conoce y aprueba el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas»
El Acta núm. 0167-2026, de 2026-06-08, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0052 y decide habilitaciones para la apertura de ofertas económicas. Aunque el acta afirma que habilita a ocho oferentes y declara no habilitados a siete, sus tablas enumeran nueve habilitados y seis no habilitados; además, deja pendiente la puntuación por distancia para después de abrir las ofertas económicas. También ordena remitir el expediente a la DGII y a PRO-COMPETENCIA para que evalúen los hallazgos de debida diligencia.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta dispone que la puntuación técnica de distancia se determine después de la apertura económica y de excluir a quienes no cumplan la parte económica. El artículo 114 del Reglamento 416-23 establece que la apertura económica ocurre una vez concluida la evaluación técnica; la distancia puede incidir en el puntaje total y en el orden de prelación.
“Esta decisión se adopta debido aque los grupos referenciales no quedan determinados en la fase de habilitación, por lo que la puntuación asociada al rango de distancia (máximo 20 puntos) será ponderada con posterioridad a la apertura de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
María del Carmen Mezón GonzálezHabilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 74.2.
Habilitado
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JOFAMI, SRLHabilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 66.0.
Habilitado
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K Diosa Comedor, SRLHabilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 64.2.
Habilitado
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Rosbur, SRLHabilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 70.2.
Habilitado
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Alex Elpidio Carrasco PeraltaHabilitado para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 65.7.
Habilitado
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Luis Vidal Bisonó MartínezHabilitado para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 74.8.
Habilitado
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Víctor Manuel Salce CabreraHabilitado para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 61.5.
Habilitado
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Felipe Justo Pichardo QuiñónezHabilitado para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 64.9.
Habilitado
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Maylin Gourmet, SRLHabilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica; puntaje técnico consignado de 77.
Habilitado
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Suplemealimento Gissel, SRLEl acta consigna que no cumplió la debida diligencia por comportamientos considerados contrarios y restrictivos de la libre competencia; recomendó descalificar su oferta.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Evaluación técnica y documentos de respaldoFlexibilización de fotografías y aceptación de evidencia obtenida en inspección
El pliego requería fotografías de la cocina, sus áreas y equipos, así como fotografías de los vehículos, incluido el chasis.
Se admiten evidencias levantadas por los peritos durante la visita para sustituir ciertas fotografías de cocina y vehículos; para el chasis, se acepta documentación que permita identificar y verificar el vehículo y su titularidad.
Relaja
Evaluación técnica — certificación NORDOMEntrega diferida de certificación definitiva
El requisito contemplaba la certificación NORDOM como parte de la acreditación técnica.
Si el oferente acredita que inició oportunamente su obtención o renovación, puede presentar el certificado definitivo hasta cinco días hábiles antes de la firma del contrato.
RelajaQuita un control: Se pospone la comprobación de la certificación definitiva hasta después de la habilitación y de la evaluación económica.
Evaluación técnica — requisitos sanitarios y control de plagasEntrega posterior de certificaciones y soportes sanitarios
Las certificaciones sanitarias y ambientales, los cronogramas de visitas, las fichas técnicas y los métodos de aplicación debían respaldar la evaluación de las condiciones sanitarias.
Se admite subsanar esos documentos dentro de cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación y, en todo caso, antes de firmar el contrato.
RelajaQuita un control: La comprobación documental de condiciones sanitarias se traslada a después de la adjudicación.
Evaluación técnica — documentos de entidades certificadorasDocumentos sin sello o firma del oferente
Los documentos que integran la oferta podían requerir sello o firma del oferente.
Se consideran subsanables las omisiones de sello o firma del oferente en documentos cuya autenticidad emane de una entidad certificadora o acreditadora competente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La segunda resolución afirma que habilita a ocho oferentes, pero la tabla enumera nueve; la tercera declara no habilitados a siete, mientras que su cuadro identifica seis. La discrepancia deja incierto el alcance numérico de la decisión sobre quién pasa a la etapa económica, aunque las tablas y el total de 15 participantes permiten una lectura de nueve y seis.
“HABILITA, de conformidad con el artículo 125 del Reglamento de Aplicación num. 416-23,alos ocho (8) oferentes que se … MAYLIN GOURMET SRL [RNC] 77 … DECLARA NO HABILITADOS y, en consecuencia, DESESTIMA y/o”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Esta acta consigna 77 puntos para Maylin Gourmet, mientras que el resumen del informe definitivo de evaluación técnica anterior en el expediente registra 70.8 puntos para la misma oferente. La diferencia merece cotejo con la matriz de evaluación aprobada, pues afecta el resultado técnico que se utilizará junto con la puntuación de distancia.
“MAYLIN GOURMET SRL [RNC] 77”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 124 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
El Comité ordena remitir el acto, el informe de evaluación y los documentos de debida diligencia a la unidad de investigación tributaria de la DGII y a PRO-COMPETENCIA para que evalúen los hechos e inicien las actuaciones que estimen pertinentes. Es una remisión para evaluación e investigación, no una determinación de responsabilidad por parte de esas autoridades.
“SÉPTIMA RESOLUCIÓN: INSTRUYE a la Consultoría Jurídica a remitir el presente acto administrativo, el Informe de Evaluación de Ofertas Técnicas "Sobre A", conjuntamente con el informe de debida diligencia ydemás documentos que conforman”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 11 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 11
ART. 11. Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se pospone la comprobación de la certificación definitiva hasta después de la habilitación y de la evaluación económica.; La comprobación documental de condiciones sanitarias se traslada a después de la adjudicación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sabor Tropical Jesuan, SRLEl acta consigna que no cumplió la debida diligencia por comportamientos considerados contrarios y restrictivos de la libre competencia; recomendó descalificar su oferta.
No habilitado
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El Sazón Kriollo del Cibao, SRLNo cumplió el requisito financiero relativo a estados financieros interinos y sus anexos; los descargos de debida diligencia no desvirtuaron los hallazgos notificados.
No habilitado
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Catering Sempiterno Sur, SRLNo alcanzó la puntuación técnica mínima: obtuvo cero puntos de los 55 mínimos requeridos en la visita de inspección.
No habilitado
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El Plato de Andy EIRLEl formulario IR-2 y sus anexos resultaron ilegibles; los descargos de debida diligencia no desvirtuaron los hallazgos notificados.
No habilitado
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Cocina Empresarial Rott EIRLLos argumentos y documentos aportados no desvirtuaron los hallazgos de debida diligencia; se recomendó desestimar su oferta.