Cancelación conjunta tras incompatibilidad de la puja por ítem
· hace 6 meses
El acta cancela seis procedimientos, incluido el 0006, porque el pliego previó pujas por ítem y el SECP debía configurarse por el total del proceso. La DGCP informó que en varios procedimientos ya se había producido la puja, sin identificar cuáles; conviene verificar si ocurrió en el 0006 y cómo se convocó su reposición, pues la cancelación termina el procedimiento competitivo en curso.
““para este procedimiento el tipo de puja a utilizarse será por [ITEM]”. … “En ese sentido recomendamos cancelar los procedimientos de subasta inversa indicados, mediante acto administrativo debidamente motivado y emitido por el Comité de Co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 130 · Reglamento 52-26, art. 141 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 130 — Cancelación de procedimiento
Artículo 130.- Cancelación de procedimiento. Antes de la adjudicación, la institución contratante podrá disponer la cancelación del procedimiento de contratación, mediante una resolución debidamente motivada, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1) Hayan desaparecido las razones de interés público que justificaban la contratación; 2) Se evidencien graves irregularidades en la planificación o pliegos de condiciones que impiden seleccionar objetivamente la propuesta más conveniente; 3) Se evidencien graves irregularidades en la ejecución del procedimiento de contratación que impidan continuarlo; y 4) En todo caso, se dejará constancia detallada de los motivos en la…
Reglamento 52-26, artículo 141 — Subasta presencial
Artículo 141.- Subasta presencial. La puja en la subasta inversa puede, excepcionalmente, realizarse de manera presencial previa solicitud de la institución debidamente motivada y posterior aprobación de la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. La Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a sus atribuciones establecidas en la Ley núm. 47-25, dispondrá las reglas para la realización de la subasta presencial. Párrafo II. No se permite la realización de esquemas híbridos o mixtos en los que algunos oferentes participen en la puja por vía electrónica y otros de manera presencial.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →