La solicitud de compra núm. 0005, fechada el 5 de marzo de 2026, requiere alimentos para las raciones de comensales y privados de libertad, en 14 renglones, por un total estimado de RD$148,850,000. Indica que la compra está planificada; el documento no aprueba una adjudicación ni identifica oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud estima RD$148,850,000 y describe alimentos para la cocción y suministro de raciones; según el portal, el mismo día se convocó otra licitación de la institución con descripción general coincidente, estimada en RD$1,808,310,000. Los datos aportados no permiten confirmar si cubren cantidades distintas: conviene cotejar alcances y cantidades para descartar duplicidad o división de una necesidad del mismo rubro.
“Objeto de la compra: ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA SER UTILIZADOS EN COCCIÓN DE LAS RACIONES DIARIAS A LOS COMENSALES Y EN EL SUMINISTRO DE RACIONES DIARIAS A LOS PRIVADOS DE LIBERTAD DASAC-CCC-SI-2026-0006 … Total: | 148,850,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
La solicitud asigna el código 50112001 a todos los renglones, incluidos pescados, carnes de cerdo y pollo; el portal registra códigos diferentes para esos productos. La discrepancia merece verificación para mantener la clasificación y trazabilidad del objeto, aunque el registro del portal podría reflejar una corrección posterior.
“2.3.1.1.01 | CAJA DE ARENQUE DE 18 LIBRAS-1 | CAJA | 1,500 | 2,700.00 | 4,050,000.00 … 2.3.1.1.01 | CARNE DE POLLO CONGELADA (ENTERO SIN EQUIPAJE)-1 | LIBRA | 250,000 | 70.00 | 17,500,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 4.- Definiciones. Para la aplicación de este reglamento se tomarán en cuenta las siguientes definiciones: 1. Catálogo Temático: Herramienta que permite organizar los bienes y servicios en función de los sectores o ámbitos de políticas públicas priorizadas por el gobierno. 2. Catálogo de Bienes y Servicios: Instrumento mediante el cual se implementa el Clasificador UNSPSC y que permite la identificación de los productos y servicios susceptibles de ser adquiridos o contratados por el Estado dominicano. 3. Criterio de adjudicación: Regla definida en el pliego de condiciones que establece la base sobre la cual se seleccionará la propuesta más conveniente —ya sea la mejor relación…
La solicitud estima el salami en barra a RD$70.00 por libra y la pierna de cerdo a RD$115.00 por libra, mientras la mediana de otros procesos con el mismo ítem es de RD$150 en ambos casos. En cambio, el pollo (RD$70.00) coincide con su mediana y el arenque (RD$2,700) está en el rango central de referencia. Al tratarse de precios estimados y no pagados, conviene verificar el estudio de mercado que sustenta el presupuesto.
“2.3.1.1.01 | CARNE DE POLLO CONGELADA (ENTERO SIN EQUIPAJE)-1 | LIBRA | 250,000 … 70.00 | 17,500,000.00 11 … 2.3.1.1.01 | SALAMI EN BARRA DE 3.5 LIB-1 | LIBRA | 125,000 | 70.00 | 8,750,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona