La circular del 16 de marzo de 2026 responde consultas sobre la licitación UTECT-CCC-LPN-2026-0001. Confirma que la referencia a la Ley 340-06 en la declaración jurada es un error material que se corregirá mediante enmienda y que se exige una carta bancaria con montos disponibles en líneas de crédito, además de los estados financieros. Para identificar ofertas temerarias, remite al apartado correspondiente del pliego, sin precisar un monto o porcentaje en la respuesta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Declaración jurada de prohibicionesReferencia a la ley aplicable | El texto citado en la consulta menciona la Ley 340-06 y sus modificaciones. | La institución confirma que la referencia es un error material y anuncia que la corregirá mediante una enmienda posterior; la circular no consigna el texto corregido. | Aclara |
| Solvencia económica y financieraCarta bancaria y estados financieros | La consulta plantea si basta cumplir los índices de solvencia de los estados financieros o si también debe presentarse una carta bancaria con montos disponibles en líneas de crédito. | La respuesta confirma que la carta bancaria es necesaria además de los estados financieros. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona