La circular, fechada el 16 de marzo de 2026, responde consultas sobre la licitación UTECT-CCC-LPN-2026-0001 para servicios de montaje de eventos. Indica que la referencia a la Ley 340-06 en la declaración jurada es un error material que se corregirá mediante enmienda; también confirma que, además de los estados financieros, se requiere una carta bancaria con montos disponibles en líneas de crédito. Para el criterio de oferta temeraria remite al apartado 11.2, letra a), del pliego, sin precisar en la respuesta un monto o porcentaje.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Solvencia económica y financieraDocumentación bancaria adicional | Se consulta si basta con presentar estados financieros que cumplan los índices de solvencia. | La respuesta confirma que también se requiere una carta bancaria con los montos disponibles en líneas de crédito. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona