El Acta núm. 0029-2026, aprobada el 6 de febrero de 2026, aprueba la tercera enmienda de cinco procesos regionales de panificación, incluido INABIE-CCC-LPN-2025-0088 de Cibao Norte. Cambia la recepción excepcional de ofertas, documentación exigida, precios unitarios, evaluación técnica y por distancia, desempate, garantías y vigencia contractual. El portal registra como cierre de ofertas el 18 de febrero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fue aprobada el 6 de febrero y el portal registra su publicación como última enmienda el 9 de febrero, con cierre de ofertas el 18 de febrero. Introduce cambios amplios en evaluación, documentación y requisitos; el cronograma registrado no muestra una extensión posterior del plazo, aunque el artículo 107 dispone extenderlo proporcionalmente cuando la enmienda incorpora cambios o nuevos requerimientos.
“a los seis(06)día del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda asigna hasta 10 de 100 puntos a la distancia de la panadería respecto de grupos referenciales y usa esa puntuación para la asignación. Es un factor con incidencia directa en el orden de evaluación; conviene revisar su aplicación uniforme y su conexión con las necesidades de distribución.
“Adicionalmente, para el rango de distancia en relación con los grupos referenciales la puntuación máxima es de 10 PUNTOS, para un total de 100 PUNTOS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Introduce una vía física paralela al SECP y un criterio de prevalencia entre soportes que no define de forma precisa qué información será verificable.; Se elimina una declaración expresa para verificar relaciones laborales recientes con la entidad y el ministerio, y la aceptación de actuaciones de debida diligencia.; Se retiran medios para contrastar experiencia comercial reciente, inversión en equipos de nuevas panaderías y actividad financiera de los oferentes.; Deja de ser una exigencia general y se elimina su puntuación como control verificable de higiene de los alimentos.; La máquina empacadora deja de estar entre los equipos cuyo incumplimiento acarrea rechazo y se reduce la puntuación por capacidad adicional instalada.; Reduce seis meses el período mínimo de cobertura de la
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
9.2 – Recepción de ofertasEntrega excepcional en USB y respaldo impreso
La recepción física digital requería dos USB y prueba de falla del SECP corroborada por la DGCP; el texto anterior fijaba lugar, fecha y hora.
Admite excepcionalmente dos USB y exige además respaldo impreso íntegro y coincidente. Si hay discrepancia, prevalece lo verificable al abrir; la falla debe probarse y ser corroborada por la DGCP.
RelajaQuita un control: Introduce una vía física paralela al SECP y un criterio de prevalencia entre soportes que no define de forma precisa qué información será verificable.
11.1.1 – Documentación legalEliminación de declaración jurada de conocimiento y aceptación
Se exigía una declaración jurada que incluía manifestaciones sobre prohibiciones, vínculos laborales recientes con INABIE/MINERD y autorización de debida diligencia.
La lista revisada conserva declaraciones sobre prohibiciones y debida diligencia, pero ya no incluye esa declaración jurada integral ni la manifestación sobre vínculos laborales recientes.
RelajaQuita un control: Se elimina una declaración expresa para verificar relaciones laborales recientes con la entidad y el ministerio, y la aceptación de actuaciones de debida diligencia.
11.1.1 – Documentación financieraSupresión de documentos de actividad e inversión
Se pedían tres facturas a clientes del último año, evidencia de inversión inicial para panaderías nuevas y movimientos de cuentas de los últimos seis meses.
La lista financiera revisada conserva declaraciones fiscales y evidencia de crédito, pero no incluye aquellas facturas, la inversión inicial ni los movimientos bancarios.
RelajaQuita un control: Se retiran medios para contrastar experiencia comercial reciente, inversión en equipos de nuevas panaderías y actividad financiera de los oferentes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Pan con vegetales: RD$13.23 sin ITBIS y RD$15.61 final; bizcochos: RD$10.74 sin ITBIS y RD$12.67 final.
Pan con vegetales: RD$10.74 sin ITBIS y RD$12.67 final; bizcochos: RD$13.23 sin ITBIS y RD$15.61 final.
Neutral
12.1.4 – Inspección, capacidad y distanciaNueva ponderación de capacidad, inspección y ubicación
La inspección y capacidad instalada sumaban hasta 100 puntos, con mínimo de 65; la distancia no aparecía como componente puntuable en esa tabla.
Capacidad instalada: 60 puntos; inspección técnica: 30; distancia a grupos referenciales: 10; total: 100. Se dispone que la distancia se calcule con Google Maps y se valide por TIC.
Neutral
12.1.5 y 12.1.6 – EquiposEquipos mínimos y puntuación adicional
Se exigía cumplir obligatoriamente los equipos de los numerales 1 al 11, incluida la máquina empacadora, con 44 puntos; los equipos adicionales podían sumar 21 puntos.
La obligación se limita a los numerales 1 al 10; el total mínimo pasa a 43 puntos y los equipos adicionales suman hasta 14 puntos.
RelajaQuita un control: La máquina empacadora deja de estar entre los equipos cuyo incumplimiento acarrea rechazo y se reduce la puntuación por capacidad adicional instalada.
12.1.7 – Equipos opcionalesReducción de puntuación opcional
Los equipos opcionales y certificaciones sumaban hasta 5 puntos e incluían la certificación NORDOM 581.
Los equipos opcionales suman hasta 3 puntos y la tabla ya no incluye NORDOM 581.
Relaja
Criterio de adjudicaciónDesempate en evaluación técnica y distancia
En caso de empate, se prefería el plan empresarial de responsabilidad ambiental; si no había propuestas que cumplieran, se recurría al azar.
Si hay empate en evaluación técnica y rango de distancia, se decide mediante selección al azar, tipo sorteo.
Relaja
Garantía de fiel cumplimientoReducción de la vigencia mínima
Vigencia mínima de 36 meses desde su constitución y hasta el cumplimiento o liquidación del contrato.
Vigencia mínima de 30 meses desde su constitución y hasta el cumplimiento o liquidación del contrato.
RelajaQuita un control: Reduce seis meses el período mínimo de cobertura de la garantía de fiel cumplimiento.
Vigencia del contratoReducción de duración contractual
Vigencia de 36 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
Vigencia de 30 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.