El Acta núm. 0002-2026, de fecha 2026-01-13, aprueba una segunda enmienda al pliego de 34 licitaciones de almuerzo escolar, incluida la INABIE-CCC-LPN-2025-0062 de La Vega. Modifica documentos técnicos, puntajes de capacidad y BPM, el peso de la distancia y el criterio de adjudicación basado en mayor puntuación; además, presenta un cronograma actualizado para los procesos comprendidos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la declaración previa de la condición de la cocina que servía de referencia para contrastar la oferta con la inspección.; El umbral mínimo de capacidad técnica baja de 70/100 a 55/80; los componentes y denominadores también cambian.; La puntuación asignada a los controles de higiene y manufactura se reduce y se modifica la lista de verificaciones.; El criterio sustituye la formulación previa y no establece ponderación económica para decidir la adjudicación; además, reserva a INABIE ajustes de raciones según matrícula..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma del propio documento fija el 06/01/2026 como plazo máximo para emitir enmiendas, pero el acta que aprueba cambios sustantivos está fechada el 13/01/2026. El artículo 107 del Reglamento 416-23 establece que las enmiendas no pueden emitirse más allá del límite del 75 % del plazo para presentar ofertas; conviene verificar la secuencia de aprobación y publicación.
“«Plazo máximo para expedir Emisión de Circulares, Enmiendas y/o Adeudas 06/01/2026 04:30» … «a los trece (13) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026)»”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
11.6.1, C) Documentación técnicaDeclaración sobre la condición de la cocina
El oferente debía indicar la condición de la cocina declarada en el formulario, para fines de inspección.
Se conserva la obligación de indicar la cantidad de raciones, pero se elimina la indicación de la condición de la cocina.
RelajaQuita un control: Se elimina la declaración previa de la condición de la cocina que servía de referencia para contrastar la oferta con la inspección.
12.1.4, metodología de evaluaciónPonderación y puntaje mínimo
Inspección técnica: 45 puntos; capacidad instalada: 55 puntos; mínimo de 70 puntos para habilitar la cocina.
Inspección técnica y capacidad instalada: 80 puntos; distancia: 20 puntos; el texto fija un mínimo de 55 puntos en la evaluación técnica.
RelajaQuita un control: El umbral mínimo de capacidad técnica baja de 70/100 a 55/80; los componentes y denominadores también cambian.
12.1.4, distancia y asignación de gruposPuntuación de distancia y rango territorial
El texto indicaba un rango de distancia de hasta 35 km; el criterio previo de adjudicación contemplaba excepcionalmente ampliarlo hasta 50 km en casos específicos.
Se asignan hasta 20 puntos por distancia, con puntuación ordinal según proximidad, y el grupo elegible debe estar dentro de 35 km; ya no aparece la ampliación excepcional a 50 km.
Neutral
12.1.5, capacidad instaladaEquipos mínimos y puntuación
La tabla asignaba puntuaciones a los equipos y exigía las cantidades mínimas de los numerales 1 al 14; los envases debían ser plásticos de grado alimentario, polipropileno grado 5.
Se redistribuyen los puntos y se admite chafing dish de acero inoxidable o envases plásticos aprobados para alimentos calientes. Se mantiene la obligación de cumplir las cantidades mínimas.
Relaja
12.1.6, equipos instalados adicionalesPuntaje extra por equipos
Los equipos adicionales podían sumar hasta 13 puntos.
Los equipos adicionales pueden sumar hasta 9 puntos; también se modifican los puntos asignados a varios equipos.
Neutral
12.1.8, Buenas Prácticas de ManufacturaPonderación y criterios de inspección BPM
Los aspectos BPM tenían un valor de 45 puntos y se incluían formularios diferenciados para cocinas en operación y cocinas nuevas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La inspección BPM pasa a tener un valor de 35 puntos y se modifica el contenido y la puntuación de las listas de verificación.
RelajaQuita un control: La puntuación asignada a los controles de higiene y manufactura se reduce y se modifica la lista de verificaciones.
12.1.8, notas de inspecciónExcepción al cumplimiento mínimo
Se permitía excepcionalmente no descalificar y considerar para adjudicación a oferentes que no alcanzaran los requisitos mínimos o el puntaje mínimo, condicionándolo a un Plan de Mejora.
El texto sustituido mantiene inspecciones posteriores para cocinas nuevas o bajo Plan de Mejora, pero ya no incluye la facultad expresa de adjudicar a oferentes que no alcancen los mínimos.
Endurece
12.3, criterio de adjudicaciónCriterio de adjudicación y asignación
El texto preveía ordenar a los habilitados por puntuación técnica y asignar grupos, con ajustes de raciones y una excepción territorial de hasta 50 km en casos específicos.
Se establece adjudicación basada en calidad y mayor puntaje; la asignación sigue la prelación técnica, capacidad adjudicable y elegibilidad del grupo dentro de 35 km, con ajustes de raciones por cambios en matrícula.
RelajaQuita un control: El criterio sustituye la formulación previa y no establece ponderación económica para decidir la adjudicación; además, reserva a INABIE ajustes de raciones según matrícula.
Numeral 8, cronograma de actividadesFechas del cronograma
El acta no reproduce las fechas anteriores a la enmienda.
Para los procesos 0051 a 0062 fija presentación de ofertas el 27/01/2026, apertura técnica del 02 al 04/02/2026, adjudicación el 22/06/2026 y publicación del contrato el 20/07/2026.
Neutral
Numeral 18, anexosFormularios estandarizados
El acta no detalla cambios específicos en las versiones anteriores de los formularios.
Se actualizan el Formulario de Oferta Técnica INABIE-DCC-FO-005 y el Formulario de Evaluación de Capacidad Instalada de Cocinas y BPM INABIE-DGA-FO-003.
Aclara
11 Instructivo para presentación de ofertas vía el SECP.pdf