El Acta núm. 0001-2026, de 2026-01-06, aprueba la primera enmienda de los pliegos de 34 procesos de licitación del INABIE, incluido el INABIE-CCC-LPN-2025-0069 de Elías Piña. Entre otros cambios, reduce de 30 a 24 meses la ejecución del servicio, modifica requisitos y puntuaciones de capacidad instalada, y sustituye las reglas de asignación de raciones por un esquema basado en puntuación técnica, capacidad productiva verificada y distancia. También autoriza excepcionalmente la consideración de oferentes que no alcancen requisitos mínimos o puntaje, bajo un plan de mejora y controles posteriores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se eliminan documentos que permitían verificar actividad comercial, inversión en equipos de nuevas cocinas y movimientos financieros recientes.; Disminuye el mínimo de equipos de refrigeración/congelación exigidos para verificar capacidad instalada.; Amplía de la concurrencia de ambas condiciones a cualquiera de ellas para prescindir de la descalificación; añade supervisión posterior al inicio del servicio..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Treinta (30) meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028.
Veinticuatro (24) meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028.
Relaja
Numeral 9.1Presentación electrónica y excepción de entrega física
La oferta se recibe exclusivamente por SECP, con excepción física en dos memorias USB si se aporta captura de pantalla de la falla, corroborada por la DGCP.
Mantiene SECP como canal ordinario; admite excepcionalmente USB y respaldo impreso íntegro si se acredita la falla con capturas u otros medios probatorios idóneos, verificados por la DGCP. La discrepancia se resuelve según lo verificable al abrir.
Relaja
Numeral 11.6.1, documentación financieraDocumentos de actividad, inversión y movimientos financieros
Se requerían tres facturas a clientes comerciales del último año, facturas de inversión inicial para cocinas nuevas y movimientos de cuentas de los últimos seis meses.
La nueva lista conserva certificaciones fiscales y de seguridad social, declaraciones tributarias y evidencia de crédito; ya no enumera las tres facturas, las facturas de inversión inicial ni los movimientos de cuenta.
RelajaQuita un control: Se eliminan documentos que permitían verificar actividad comercial, inversión en equipos de nuevas cocinas y movimientos financieros recientes.
Numeral 11.6.1, documentación legalGeolocalización de la cocina
Se exigía dirección exacta y geolocalización UTM.
Se exige dirección exacta y geolocalización en longitud y latitud.
Neutral
Numeral 11.6.1, vehículosCantidad mínima de vehículos
Se pedía acreditar los vehículos disponibles para distribuir alimentos, sin fijar en este texto una cantidad mínima numérica.
Se especifica un mínimo de uno o dos vehículos, según la capacidad instalada.
Aclara
Numeral 11.6, documentación técnicaNORDOM 646 y control de plagas
La lista técnica no incluía la certificación NORDOM 646 como documento independiente; el certificado de control de plagas debía describir productos aprobados para la industria alimentaria.
Se añade la certificación NORDOM 646, subsanable; para plaguicidas, se validan únicamente productos con registro y autorización vigentes del Ministerio de Salud Pública para uso alimentario.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
· hace 9 meses
El pliego enmendado permite ajustar, subdividir o reconfigurar grupos referenciales durante la distribución. Aunque exige respetar la prelación técnica, la capacidad verificada y la disponibilidad, conviene revisar que los cambios concretos de grupos y raciones se documenten y apliquen de manera consistente, pues pueden alterar la asignación efectiva entre oferentes.
“el INABIE podrá ajustar, subdividir o reconfigurar los grupos referenciales durante el ejercicio de distribución, incluyendo la separación de centros educativos que los integren”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Numeral 12.1.5Mínimos y puntuación de equipos instalados
La tabla totalizaba 34 puntos y requería dos congeladores y dos refrigeradores, o cuartos fríos según la nota.
La tabla totaliza 37 puntos y reduce a uno el mínimo de congelador y refrigerador, o un cuarto frío de cada tipo; también cambia las puntuaciones de varios equipos.
RelajaQuita un control: Disminuye el mínimo de equipos de refrigeración/congelación exigidos para verificar capacidad instalada.
Numeral 12.1.6Puntuación por equipos instalados adicionales
Los equipos adicionales podían sumar hasta 12 puntos; la tabla contemplaba hasta 12 hornillas adicionales.
El máximo sube a 13 puntos y la tabla reduce a ocho la cantidad máxima de hornillas evaluables, con cambios en la puntuación por equipo.
Neutral
Numeral 12.1.7Equipos opcionales y certificación
Los equipos opcionales y la certificación NORDOM 646 sumaban hasta 9 puntos, incluidos 4 puntos por NORDOM 646.
Los equipos opcionales suman hasta 5 puntos y la tabla excluye NORDOM 646 como puntuación opcional; la certificación pasa a figurar como requisito técnico subsanable.
Neutral
Numeral 12.1.8Evaluación BPM de cocinas en operación y nuevas
Se presentaba una evaluación de BPM de 45 puntos en una tabla general.
Se incorporan formularios separados para cocinas en operación y cocinas nuevas, con tablas y criterios de evaluación diferenciados.
Aclara
Numeral 12.1.8, excepción de habilitaciónConsideración de oferentes que no alcanzan mínimos
La excepción podía aplicarse cuando ningún oferente cumpliera los mínimos de capacidad instalada y el puntaje mínimo.
Puede aplicarse cuando ningún oferente cumpla los mínimos de capacidad instalada y/o el puntaje mínimo; se condiciona a un plan de mejora y, para cocinas no operativas o bajo ese plan, a inspección dentro del primer mes de servicio.
RelajaQuita un control: Amplía de la concurrencia de ambas condiciones a cualquiera de ellas para prescindir de la descalificación; añade supervisión posterior al inicio del servicio.
Numeral 12.3Criterio de adjudicación y asignación de raciones
La asignación consideraba puntuación técnica, centros, beneficiarios y distancia; los grupos eran referenciales y podían ampliarse excepcionalmente hasta 75 km.
La prelación se basa en puntuación técnica y capacidad adjudicable verificada; los grupos pueden reorganizarse, la asignación ordinaria se limita a 35 km y excepcionalmente puede llegar a 50 km.
Endurece
Sección II, numeral 8Desempate
En empate se prefería un plan empresarial de responsabilidad ambiental; si no había propuesta que lo cumpliera, se realizaba sorteo.
En empate de puntuación técnica y rango de distancia se decide mediante selección al azar, tipo sorteo.
Relaja
Sección III, numeral 5Vigencia del contrato
Treinta y seis (36) meses desde la suscripción o hasta el cumplimiento y liquidación.
Treinta (30) meses desde la suscripción o hasta el cumplimiento y liquidación.
Relaja
Numeral 18, anexosFormularios e instructivo actualizados
Los anexos incluían versiones previas de formularios y documentos estandarizados.
Se ordena incluir un instructivo de oferta económica, carta compromiso y formularios actualizados de oferta técnica y evaluación de capacidad/BPM para cocinas en operación y nuevas.