La ficha técnica FT–FF-M--001, elaborada el 26 de abril de 2023, establece condiciones de almacenamiento, presentación, envase y requisitos para la mandarina destinada al Programa de Alimentación Escolar. Fija un peso mínimo de 120 gramos y describe el color y grado de madurez, aunque contiene indicaciones que podrían dificultar una verificación uniforme del producto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha pide una piel lisa en la presentación, pero describe como requisito organoléptico una piel rugosa. La contradicción puede generar criterios distintos al inspeccionar y aceptar las mandarinas.
“La piel debe ser fina, lisa, brillante, fácil de pelar con las manos. … Piel delgada, rugosa y fácil de despegar de la pulpa con las manos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La ficha indica tres valores separados por barras, sin explicar si son alternativas, una escala o una combinación requerida. Esto puede dificultar la evaluación objetiva del grado de madurez y la aceptación del producto.
“El grado de madurez de la mandarina debe ser de : + 4.0 / +5.5 / +15.0”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona