El pliego enmendado del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0066 fija un presupuesto base de RD$621,476,396.63 para el suministro de almuerzos escolares en la provincia Independencia durante los períodos 2026-2027 y 2027-2028, dirigido a MIPYMES. El cronograma del pliego establece recepción de ofertas hasta el 20 de enero de 2026 y contiene fechas de evaluación económica que anteceden a la calificación técnica definitiva; además, difiere del cronograma registrado en el portal. El documento está fechado únicamente como enero de 2026 y no consigna número de acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija la apertura económica para el 11 de abril, aunque la calificación técnica definitiva se prevé para el 29 de abril; también ubica la evaluación económica hasta el 28 de abril. Esta secuencia no respeta el orden de etapas previsto en el reglamento y requiere verificar cuál calendario se aplicó y que las ofertas económicas solo se conocieran tras habilitar técnicamente a los oferentes.
“12. Informe Definitivo y Calificación para Apertura Oferta Económica … Hasta las 03:00 PM del 29 de abril del 2026. 14. Apertura y lectura de Propuestas Económicas “Sobre B” A partir de las 09:00 AM del 11 de abril del 2026”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
El pliego fija la recepción de ofertas hasta el 20 de enero de 2026 y la apertura técnica desde el 2 de febrero; el portal registra cierre el 28 de enero y apertura el 9 de febrero. La diferencia puede obedecer a una actualización posterior o a un desfase del portal, pero afecta la certeza sobre los plazos efectivos de participación y debe contrastarse con las enmiendas notificadas a los oferentes.
“4. Recepción de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) Hasta las 09:00 AM del 20 de enero del 2026. 5. Apertura de Ofertas Técnicas “Sobre A” A partir de las 09:00 AM del 02 de febrero del 2026.”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…