El Acta núm. 0001-2026, de fecha 2026-01-06, aprueba la primera enmienda a los pliegos de 34 procesos de alimentación escolar, incluido el INABIE-CCC-LPN-2025-0063 de Sánchez Ramírez. Entre otros cambios, reduce el servicio previsto de 30 a 24 meses y modifica requisitos técnicos, puntuaciones y reglas de asignación de raciones. El documento también sustituye el desempate basado en un plan ambiental por un sorteo cuando haya empate técnico y de distancia.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda permite ajustar, subdividir o reconfigurar los grupos referenciales durante la distribución, condicionándolo a prelación, capacidad y disponibilidad de raciones. Conviene verificar cómo se documentarán y aplicarán esos ajustes, dado que afectan la asignación efectiva entre oferentes.
“En consecuencia, y a los fines de garantizar una asignación técnica, equitativa y operativamente viable de las raciones, el INABIE podrá ajustar, subdividir o reconfígurar los grupos referenciales durante el ejercicio de distribución, inclu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el mínimo verificable de equipos de frío requeridos en la cocina..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 6 — tiempo de ejecución del servicioDuración del servicio
30 meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028.
24 meses para los años escolares 2026-2027 y 2027-2028.
Relaja
Numeral 9.1 — presentación de ofertasEntrega física excepcional y respaldo documental
Se admitían dos memorias USB si el oferente demostraba la incidencia mediante captura de pantalla corroborada por la DGCP.
Se permite, de manera excepcional y justificada, presentar dos USB con respaldo impreso íntegro; se admiten capturas u otros medios probatorios idóneos y la incidencia debe ser verificada por la DGCP.
Relaja
Numeral 11.6 — credenciales y oferta técnicaUbicación de cocina, vehículos y certificación sanitaria
Se solicitaba geolocalización UTM; no se fijaba mínimo de vehículos en el texto reproducido y no figuraba la certificación NORDOM 646 en esa lista técnica.
Se requiere geolocalización por longitud y latitud, mínimo de 1 o 2 vehículos según capacidad instalada y se incorpora certificación NORDOM 646, subsanable.
Endurece
Numeral 12.1.5 — capacidad instaladaCantidades mínimas de equipos y puntuación
Se exigían dos congeladores y dos refrigeradores, o las alternativas de cuartos fríos; el total indicado era 34 puntos.
Se fija una unidad mínima de congelación y una de refrigeración, o un cuarto frío de cada tipo; el total indicado pasa a 37 puntos.
RelajaQuita un control: Reduce el mínimo verificable de equipos de frío requeridos en la cocina.
Numerales 12.1.6 y 12.1.7 — equipos adicionales y opcionalesPuntuación adicional
Los equipos instalados adicionales sumaban hasta 12 puntos y los opcionales hasta 9; NORDOM 646 figuraba entre estos últimos.
Los equipos instalados adicionales suman hasta 13 puntos y los opcionales hasta 5; la tabla opcional ya no incluye NORDOM 646.
Neutral
Numeral 12.3 — criterio de adjudicación y asignaciónOrden y configuración de grupos referenciales
La asignación consideraba puntuación, centros, beneficiarios, distancia y rangos de 0.01 a 50 km, con ampliación excepcional hasta 75 km.
Se prioriza la puntuación técnica y la capacidad adjudicable verificada; los grupos se ordenan por raciones y pueden ajustarse, subdividirse o reconfigurarse. La prioridad establece 35 km y se prevé una ampliación excepcional hasta 50 km.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Neutral
Sección II, numeral 8 — desempateDesempate de ofertas
En caso de empate, se daba prioridad a un plan empresarial de protección ambiental; si no había propuestas conformes, se recurría al azar.
Si hay empate en evaluación técnica y rango de distancia, se decide directamente mediante selección al azar.
Relaja
Sección III, numeral 5 — vigencia del contratoDuración del contrato
36 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
30 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.