La comunicación del 22 de octubre de 2025 notifica a Constructora Viasan & Asociados que, conforme a la Resolución CCC-345-2025, se pedirá a SERVINGMI, FC Ingeniería y Viasan evidencia sobre su política de contratación de personas con discapacidad para resolver el empate. Fija un plazo de un día calendario y prevé que, si ninguno acredita el criterio, se celebre un desempate al azar; esta comunicación no adjudica el contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La comunicación concede un día calendario para remitir evidencia sobre la política de contratación de personas con discapacidad. El plazo puede limitar la posibilidad práctica de reunir y presentar documentación pertinente; el artículo 131 exige que el pliego establezca el medio de verificación, pero el marco citado no fija un plazo mínimo específico para esta solicitud.
“Tomando en consideración lo expuesto, solicitamos que en un plazo no mayor de un (1) día calendario, contados a partir de la recepción de esta comunicación, envíe evidencia documental sobre si su compañía posee una política de contratación ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La política empresarial solicitada puede no demostrar el compromiso de contratación de personas con discapacidad incluido en la oferta, debilitando la verificación del criterio de desempate..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Servicios Ingenieriles y Mineros, SRL (SERVINGMI)La comunicación lo incluye entre los oferentes a quienes se solicita evidencia para resolver el desempate; el portal registra posteriormente un contrato adjudicado a la empresa.
Adjudicado
—
—
FC Ingeniería, EIRLLa comunicación lo incluye entre los oferentes a quienes se solicita evidencia para resolver el desempate.
Desempate de ofertasMedio de verificación del criterio de contratación de personas con discapacidad
Desempate según el criterio del pliego relativo a la elección de personas con discapacidad.
Se requiere evidencia documental de una política de contratación de personal a tres oferentes, con un día calendario para entregarla; si ninguno cumple, se prevé adjudicación al azar.
RelajaQuita un control: La política empresarial solicitada puede no demostrar el compromiso de contratación de personas con discapacidad incluido en la oferta, debilitando la verificación del criterio de desempate.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona