miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones INDOTEL-CCC-CP-2025-0023. Correcciones 18.08.2025.pdf

Contratación de una empresa para la construcción de una nave para uso de almacen del INDOTEL 5TO CENTENARIO · Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones

Publicado el 19 ago de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOTEL-CCC-CP-2025-0023

Lo que dice

El documento es el pliego de julio de 2025 para contratar, mediante comparación de precios y en un lote único, la construcción de la Nave II del almacén del INDOTEL. Fija un presupuesto base de RD$30,207,275.00, un plazo máximo de ejecución de 90 días calendario y requisitos legales, financieros, técnicos y económicos para participar y ser evaluado.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Índices financieros en evaluación cumple/no cumple sin umbrales expresos

Documento del 19 ago 2025 · hace 1 año

El pliego ordena verificar solvencia, liquidez y endeudamiento y evaluarlos como cumple/no cumple, pero no define valores de corte en el texto. La información del proceso indica que las circulares posteriores confirmaron que no se fijaron límites objetivos; conviene revisar cómo se aplicaron esos índices para asegurar una evaluación consistente entre oferentes.

“Estados Financieros auditados por un Contador Público Autorizado de los últimos dos (2) períodos fiscales donde se verificará el índice de solvencia, índice de liquidez corriente e índice de endeudamiento. … el Oferente/Proponente debe acre”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Código RPE de mercancía de almacén exigido a contratistas de obra

Documento del 19 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige que el RPE incluya el código UNSPSC 30222703, referido a mercancía de almacén, aunque el objeto es la construcción de una nave. Además, en otra sección califica ese rubro como preferible, lo que deja incierto si es una condición excluyente y puede limitar o confundir la participación de empresas constructoras.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC -Mercancia de almacén. … Dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro - me”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

La rúbrica permite puntuar experiencia inferior al mínimo declarado

Documento del 19 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige cinco años de experiencia mínima para el gerente de proyecto y el ingeniero residente, pero asigna siete puntos cuando el residente acredita dos años y cinco puntos cuando ambos perfiles pueden acreditar menos de cinco años. La diferencia entre el requisito obligatorio y los niveles puntuables puede afectar la habilitación según cómo se aplique la evaluación.

“Es obligatorio presentar certificaciones del CODIA de los siguientes profesionales: Un (1) Gerente de Proyecto con experiencia mínima de 5 años y Un (1) Ingeniero Residente con experiencia mínima de 5 años. … 07 puntos. Bueno. EL listado de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Se puntúa presentar menos certificaciones que las exigidas

Documento del 19 ago 2025 · hace 1 año

La documentación técnica establece como mínimo tres certificaciones de experiencia, pero la rúbrica concede 15 puntos con dos certificaciones y 10 puntos con una. La discrepancia deja sin aclarar si presentar menos de tres certificaciones implica incumplimiento excluyente o solo una reducción de puntaje.

“Mínimo tiene que presentar tres certificaciones que avalen cinco años de experiencia en proyectos a fines, indicando nombre de la institución contratante, el contratista, objeto de contratación, fechas de inicio y finalización y la persona ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Tratamiento contradictorio de partidas económicas no cotizadas

Documento del 19 ago 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que una partida no cotizada se considerará incluida en el precio total, permite rechazar la oferta por omitir la cotización de algún rubro y, a la vez, asigna puntajes a listados que omitan cotizaciones. Estas reglas pueden producir resultados distintos ante una misma omisión y requieren aclarar cuál criterio prevalece.

“Si un formulario de oferta económica detalla partidas, pero no las cotiza, se asumirá que está incluido en el precio total de la oferta. … 15 puntos. Aceptable: el listado omite alguna cotización de algún rubro, pero no modifica las cantida”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (53)

  • PARTIDAS Y PLANOS NAVE II ALMACEN V CENTENARIO CP-2025-0023.xlsxDocumento · 19 ago de 2025
  • LOTE UNICO NAVE II NAVE II ALMACEN V CENTENARIO CP-2025-0023.xlsxDocumento · 19 ago de 2025
  • Memo FIRMADO NAVE II ALMACEN V CENTENARIO CCC-CP-2025-0023.pdfPliego · 19 ago de 2025
  • Certificacion de Fondos CCC-CP-2025-0023.pdfCertificación de fondos · 19 ago de 2025
  • Dictamen CCC-CP-2025-0023.pdfDictamen · 19 ago de 2025 · 1 señal
  • Acta aprobacion designaicon peritos CCC-CP-2025-0023.pdfInforme pericial · 19 ago de 2025
  • Acta aprobacion incio proceso CCC-CP-2025-0023.pdfPliego · 19 ago de 2025
  • Solicitud de compra CCC-CP-2025-0023.pdfSolicitud de compra · 19 ago de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 19 ago de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 19 ago de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 19 ago de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • declaracion-sencilla-persona-juridica.docxDocumento · 19 ago de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 19 ago de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 19 ago de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 19 ago de 2025
  • Preguntas indotel.pdfDocumento · 22 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025 · 1 señal
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025 · 1 señal
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 26 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 28 ago de 2025 · 1 señal
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 28 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 28 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 28 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 29 ago de 2025 · 2 señales
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 29 ago de 2025
  • circular de preguntas y respuestas cp-0023.pdfCircular · 29 ago de 2025 · 1 señal
  • 0_Acta_que_aprueba_informe_definitivo._CP_0023.pdfInforme de evaluación · 25 sept de 2025 · 1 señal
  • 23092025_LIC.TEODOaORSAa^^RÓDRMlEAvy^ f NOTARIO PUBLICO PARA EL .pdfInforme de evaluación · 25 sept de 2025 · 2 señales
  • Informe_Defitivo_de_Ofertas_Tecnicas_PROCESO_INDOTEL_CCC-CP-2025-0023__signed.pdfInforme de evaluación · 25 sept de 2025 · 1 señal
  • Informe_Preliminar_para_el_PROCESO_INDOTEL_CCC-CP-2025-0023_signed.pdfInforme de evaluación · 25 sept de 2025 · 1 señal
  • 0_Acta_de_adjudicacion_CP_0023.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025 · 2 señales
  • 0_Acta_aprobacion_de_informe_economico_EMPATE_._cp_23.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025
  • 0_Informe_INDOTEL-CCC-CP-2025-0023_DESEMPATE.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025 · 1 señal
  • 0_Notificacion_de_resolucion_CP-0023_viasan.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025 · 2 señales
  • 1_Infomre_economico.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025 · 3 señales
  • 1_Notificacion_de_resolucion_CP-0023_fc_ing.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025
  • 2_Notificacion_de_resolucion_CP-0023_servicios_ing.pdfActa de adjudicación · 26 nov de 2025 · 1 señal
  • 0_Notifficacion_de_respuesta_a_RI.pdfReconsideración · 5 feb de 2026
  • 0_Respuesta_a_impugnacion_CP_0023.pdfReconsideración · 5 feb de 2026
  • 0_Solicitud_de_escrito_de_defensa_adjudicatario_CP_0023.pdfActa de adjudicación · 5 feb de 2026
  • OFERTA ECONOMICA SERVINGMI INDOTEL-CCC-CP-2025-0023.pdfDocumento · 16 feb de 2026
  • 0_Acta_aprobacion_de_informe_economico_EMPATE_._cp_23.pdfActa · —
  • 0_Acta_de_adjudicacion_CP_0023.pdfActa de adjudicación · —
  • 1_Infomre_economico.pdfDocumento · —
  • 23092025_LIC.TEODOaORSAa^^RÓDRMlEAvy^ f NOTARIO PUBLICO PARA EL .pdfDocumento · —
  • Informe_economico_del_PROCESO_INDOTEL-CCC-CP-2025-0023-_signed.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • INGENIERILES Y MINEROS.pdfDocumento · —