El Acta núm. 245-2025, de 2025-11-17, adjudica seis oferentes por un total consignado de RD$42,168,175 en varios lotes e ítems del proceso MISPAS-CCC-LPN-2025-0004. También declara desiertos los lotes no adjudicados y ordena relanzarlos con un plazo equivalente al 50 % del cronograma inicial. La decisión incorpora la reevaluación y habilitación posterior de Henry Adalmiro González Mosquea, quien resulta adjudicatario de los ítems 3 y 4 del Lote I.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que Henry González fue habilitado tras una reevaluación posterior a la apertura económica ordinaria y que su Sobre B se abrió el 2025-11-04. Luego lo adjudica por RD$1,200,000 en los ítems 3 y 4 del Lote I; conviene verificar la secuencia, la igualdad de acceso y la documentación que sustentó esa reevaluación y adjudicación.
““Que la reevaluación financiera evidenció que dicho oferente sí cumplía con los requisitos financieros requeridos, encontrándose por tanto habilitado para la apertura de su Sobre B - “Oferta Económica” correspondiente al Lote I.” … “TERCERO”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El acta enumera cuatro integrantes del comité y no identifica al titular del área de planificación y desarrollo institucional. El Reglamento establece una conformación de cinco miembros, por lo que procede verificar si hubo sustitución o una integración adicional no consignada en esta acta.
““debidamente constituido por: el Licdo. Roberto Payano Bonilla, Asesor del Despacho del Sr. Ministro y Presidente en funciones del Comité de Compras y Contrataciones; el Licdo. Jesús E. Hernández Ortiz, Director Jurídico del MISPAS, Asesor ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
En la relación de oferentes el acta identifica a Sigil como S.A., pero en la resolución de adjudicación lo denomina S.R.L.; en ambos contextos se relaciona con el mismo RNC. Conviene confirmar que la forma jurídica consignada en la adjudicación y en los documentos contractuales corresponde al proveedor registrado.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Marie Chantel Montas UreñaNo subsanó conforme a lo solicitado la documentación financiera relativa al IR-1; el acta indica además que envió su oferta económica entre las documentaciones subsanables.
Sugem, S.R.L.No alcanzó la puntuación mínima por no remitir toda la documentación técnica requerida; el acta también indica que presentó la oferta económica de manera extemporánea.
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma de actividadesNueva fecha para la adjudicación
La adjudicación estaba prevista para el 2025-11-05.
El cronograma se modificó para fijar una nueva fecha; el acta de adjudicación se emitió el 2025-11-17, pero no identifica expresamente la fecha reprogramada.
Neutral
Relanzamiento de lotes desiertosPlazo para presentar ofertas
Cronograma inicial del proceso.
Para el relanzamiento de los lotes no adjudicados se dispone un plazo equivalente al 50 % del tiempo del cronograma inicial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Sigil Consulting Group, S.A.Habilitado; ganó por sorteo el empate técnico con Henry González para los ítems 1 y 2 del Lote I y fue adjudicado también en el Lote II.
DAHM Health Consulting, S.R.L.No alcanzó la puntuación mínima por no remitir toda la documentación técnica requerida y no subsanó la documentación financiera indicada.
No habilitado
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Jaime de la Rosa ConsultorNo subsanó las documentaciones legales y financieras solicitadas.