El Acto Administrativo DIE-RECT-029-2025, de fecha 2025-10-02, aprueba el informe rectificativo y adjudica los ítems 1 y 2 a Multi Servicios Hermes, S.R.L. por RD$28,727,996.80 y RD$5,747,691.50, y el ítem 3 a Ailam Engineering & Supplies, S.R.L. por RD$25,919,974.40. El acta registra que participaron siete oferentes, pese a que se habían invitado 9,730 proveedores, y relata una interrupción del sistema durante la puja; el incidente ya está registrado como señal en otros documentos del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que se invitó a 9,730 proveedores y que participaron siete oferentes. Aunque el número de invitaciones no implica que todos fueran aptos o interesados, la baja concurrencia merece verificarse por su efecto potencial en la competencia efectiva.
“siendo un total de 9,730 proveedores invitados. | RESULTA: Que la recepción de ofertas técnicas y económicas fue pautada para el veintidós (22) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), y en ese mismo día, se procedió a la apertura de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
SUCOD Supervisión, Construcción y Diseño, E.I.R.L.No cumplió la evaluación técnica; el acta consigna que la mercancía mostrada no pertenecía a la empresa y que el inventario no alcanzaba lo requerido.
Comercial Rego, S.R.L.No cumplió la evaluación financiera y técnica; el acta consigna que no estaba al día ante la DGII y que no acreditó el inventario requerido.
No habilitado
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Empresas Integradas, S.A.S.No subsanó correctamente la documentación técnica; las facturas de referencia no correspondían a los artículos del pliego y no acreditó el inventario requerido.
No habilitado
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Serd-Net, S.R.L.No subsanó correctamente la documentación financiera y técnica; el acta consigna que las referencias comerciales no correspondían a los artículos y que no acreditó el inventario requerido.
Ferretería Popular, S.R.L.No cumplió la verificación de inventario; el acta consigna cantidades inferiores al mínimo requerido y contradicciones sobre la propiedad de los materiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona