La resolución consigna modalidades incompatibles
· hace 1 año
El acto aprueba el pliego como comparación de precios y afirma que debe llevarse como sorteo de obras, pero luego ordena continuar como subasta inversa electrónica. La contradicción en la modalidad aprobada puede afectar la claridad sobre las reglas aplicables y la competencia; el portal registra que el proceso se convocó como subasta inversa, por lo que el documento no permite concluir que se ejecutara bajo las otras modalidades.
“APROBAR como al efecto APRUEBA, el pliego de condiciones específicas del proceso de Comparación de Precios para la "ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA USO DE LA DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR", el cual debe ser llevado como Sorteo de Obr”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 41 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Reglamento 416-23, artículo 41 — Del sorteo de obras
Artículo 41. Del sorteo de obras. En este procedimiento se adjudican obras al azar, luego de realizar una evaluación de certificaciones y competencias técnicas. Para llevar a cabo un sorteo de obras, la institución contratante deberá realizar estudios previos a partir de los cuales se determine el proyecto de construcción, su forma de ejecución y el precio a pagar por la obra.
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
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