Publicado el 2 may de 2025Fechado el 27 abr de 20258 páginasEn el mensaje «RESPUESTA A IMPUGNACION - CONSTRUCTORA VIASAN & ASOCIADOS, S.R.L. - REFERENCIA NO. ARS SENASA-CCC-CP-2024-0021»
El 28 de abril de 2025, SeNaSa declaró admisible en cuanto a la forma y rechazó en cuanto al fondo la impugnación de Constructora Viasan & Asociados, SRL, manteniendo su inhabilitación en el proceso ARS-SENASA-CCC-CP-2024-0021. La institución fundamentó la decisión en que la garantía de seriedad de la oferta vencía el 13 de mayo de 2025, mientras que la enmienda exigía vigencia hasta el 30 de mayo de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para sostener que el plazo para observar el pliego ya había vencido, la respuesta cita el Reglamento 543-12, aunque el proceso se convocó en diciembre de 2024 y el Reglamento 416-23 ya había entrado en vigor. La decisión también expone fundamentos relativos a la garantía; conviene verificar si la referencia al reglamento anterior tuvo incidencia en el análisis de la impugnación.
“Si bien es cierto que los oferentes tienen la facultad de hacer observaciones al Pliego de Condiciones, no es menos cierto que este plazo tiene un tiempo de vigencia establecido en el articulo 78 del Reglamento 543-12, plazo este que al mom”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 251 · Reglamento 416-23, art. 253 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 251 — Derogaciones
Artículo 251. Derogaciones. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, queda derogado el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras núm. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, así como toda disposición contenida en reglamentos, decretos, así como normas de igual o menor jerarquía, que le sean contrarias.
Reglamento 416-23, artículo 253 — Entrada en vigencia
Artículo 253. Entrada en vigencia. El presente reglamento, a excepción del artículo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis (6) meses a partir de su promulgación.
Constructora Viasan & Asociados, SRLSe rechazó su impugnación y se mantuvo la inhabilitación porque la garantía de seriedad vencía el 13 de mayo de 2025, en vez del 30 de mayo exigido por la enmienda.
Descalificado
Lotes I, II y V
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Virro, SRLAdjudicado para el lote IV, según los resultados del proceso disponibles.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Inpatec, SRL
No cumplió los criterios de evaluación técnica, financiera y legal en los lotes I y II, según los resultados del proceso disponibles.
No habilitado
Lotes I y II
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Construfrio Dominicana, SRLNo cumplió los criterios de evaluación técnica, financiera y legal en el lote V, según los resultados del proceso disponibles.
No habilitado
Lote V
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Constructora Satler, SRLNo cumplió los criterios de evaluación técnica, financiera y legal en el lote II, según los resultados del proceso disponibles.